Peña, jueza penal de Sentencia, informó que analizó la documentación del expediente, que incluye respuestas a pedidos de informes solicitados por el juzgado al Parlamento, Poder Ejecutivo y al mismo órgano selector del MNP. Luego de un estudio, rechazó el amparo promovido por Cecilia Pérez Rivas, Arturo Gerardo Franco Salum, Francisco Monte Domecq y María Noguera, que se habían postulado para tres cargos vacantes en el MNP, pero que no fueron electos.
Los postulantes habían argumentado que hubo una serie de irregularidades en el proceso de selección como el incumplimiento de formas y plazos de notificación, la falta de legitimidad por cumplimiento de mandato de dos miembros del órgano selector (Alejandra González Rioboo y Carlos María Aquino) y la designación de un postulante ausente (Dante Ariel Leguizamón Morra) y que no participó de una audiencia pública.
Los amparistas solicitaron la anulación del proceso de selección y proclamación de los nuevos comisionados del MNP. En su contestación, el MNP aseguró que se cumplieron con los plazos de las notificaciones y que por ley 4288/2011 los miembros del órgano selector duran cinco años en sus funciones (art. 16), por lo que González Rioboo y Aquino siguen con periodo vigente, ya que fueron nombrados en el 2013.
El organismo de prevención también explicó que Leguizamón Morra presentó un pedido de ausencia justificada porque estaba en misión de trabajo en Ginebra, Suiza, y que su no participación de la audiencia pública no es una condición inhabilitante.
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Con base en estos elementos, la jueza Peña rechazó el amparo constitucional.
Las comisionadas reelectas en el MNP son: Soledad Villagra y Stella Cacace, en tanto que el nuevo comisionado es Leguizamón Morra. Con la resolución judicial queda firme el proceso de designación de tres nuevos miembros del MNP.
