La Corte le dio trámite al pedido de inamovilidad solicitado por Wapenka

La ministra del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) María Elena Wapenka solicitó a la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia que declare su inamovilidad en el cargo. Con dos votos a favor y uno en contra se dio trámite al requerimiento y se corrió vista a la Fiscalía General del Estado. La recurrente estuvo involucrada en varios hechos de presunta corrupción en los que fue blanqueada con ayuda de sus pares.

https://arc-anglerfish-arc2-prod-abccolor.s3.amazonaws.com/public/VMW75WSXB5CJLFAWTLM2QECZSM.jpg

Cargando...

La ministra Wapenka, presentó a la Corte Suprema de Justicia, una acción Declarativa de Certeza Constitucional, en la que solicita que se le dé la inamovilidad. Señala en su escrito que ingresó a la magistratura en 1996 al ser nombrada como jueza electoral de la circunscripción de Itapúa y que desde el 2013 es ministra del Tribunal Superior de Justicia Electoral.

Por lo que alega que queda configurada en su caso la situación establecida en la parte final del artículo 252 de la Constitución Nacional que habla sobre la inamovilidad de los magistrados. Los ministros Antonio Fretes y Miryam Peña, votaron a favor de darle trámite al pedido realizado por la accionante, con un voto en disidencia de la Dra. Gladys Bareiro de Módica.

“Con relación a la competencia de esta Sala en materia constitucional tenemos que la Constitución Nacional estable que el Poder Judicial es el encargado de interpretarla”, apuntaron Fretes y Peña.

Siguen alegando que “consecuentemente queda sentando el criterio jurisprudencial de esta Corte respecto de la procedencia de las acciones Declarativas de Certeza Constitucional y existiendo una duda o incertidumbre sobre la situación jurídica de la accionante y un interés concreto para la misma dado por el daño que pudiera derivar de esa incertidumbre, corresponde que la Sala se pronuncie respecto de la cuestión planteada”.

En consecuencia se da trámite a la acción Declarativa de Certeza Constitucional planteada por la ministra de la Justicia Electoral y se corrió vista a la Fiscalía General del Estado, para que emita un dictamen al respecto y luego dictar una sentencia. La ministra Gladys Bareiro de Módica, quien votó en disidencia, señaló que ella tiene sentada su postura sobre este tipo de acciones, la cual es que entre las atribuciones de la Corte Suprema de Justicia no se incluye la facultad de evacuar consultas constitucionales, como se da en este caso y por esa razón solicita que se rechace “in limine” la acción planteada por María Elena Wapenka.

Wapenka y sus domésticas de “oro” 

Tal como ocurrió con el diputado colorado José María Ibáñez, quien tenía nombrados a sus caseros en la Cámara de Diputados, la ministra Wapenka, mandó nombrar en la Justicia Electoral en el 2002 a Ilda Bordón de Jesús, con salario de G. 4.359.700 más bonificación por responsabilidad en el cargo y en el 2006 a Ursulina Vera con un sueldo de G. 2.789.600, pero las mismas eran domésticas de su casa en Encarnación.

Por la Resolución N° 121/2016 del TSJE Jaime Bestard y los magistrados del Tribunal Electoral de la Capital Primera Sala, rechazaron la denuncia contra las empleadas y Wapenka. De esa manera blanquearon a la polémica magistrada. La ministra que hoy quiere atornillarse a su silla también está siendo investigada por cobro indebido de viáticos.

Lo que dice la Constitución

El artículo 252: Los magistrados son inamovibles en cuanto al cargo, a la sede o al grado, durante el término para el cual fueron nombrados. No pueden ser trasladados ni ascendidos sin su consentimiento previo y expreso. Son designados por períodos de cinco años, a contar desde su nombramiento.

Los magistrados que hubiesen sido confirmados por dos períodos siguientes al de su elección, adquieren la inamovilidad en el cargo hasta el límite de edad establecido para los miembros de la Corte Suprema de Justicia.

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...