La ley que fue iniciativa del presidente de la República, Mario Abdo Benítez, excluye al TSJE y establece la publicidad de las sesiones de la Corte Suprema de Justicia, Consejo de la Magistratura, Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y del Consejo de Ministros.
El Ejecutivo había remitido la norma al Congreso con el argumento de que la publicidad de las reuniones de los órganos mencionados responde a una alta prioridad nacional, que tiene por objeto constituirse en un instrumento que desarrolle la publicidad de los actos de gobierno, de transparencia de gestión y de control público de las decisiones mediante la publicidad de las sesiones.
El proyecto de ley solo menciona al Tribunal Superior de Justicia Electoral cuando el Consejo de la Magistratura delibere o decida sobre la conformación de la terna de candidatos del órgano electoral.
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En cuanto a las solicitudes de tratamiento de reserva durante las sesiones, si los miembros o ministros consideran que un asunto requiera ser tratado en forma reservada, deberán mencionarlo durante la sesión y justificar verbalmente su solicitud. El presidente del órgano respectivo analizará su pertinencia y, de otorgarla, decretará la suspensión de la transmisión en vivo a través de medios audiovisuales de fácil acceso para la ciudadanía mientras dure el tratamiento del asunto, debiendo reanudarse de inmediato una vez que este haya finalizado.
Las instituciones señaladas tienen un plazo de ocho días contados a partir de la promulgación de la norma para ajustar los detalles técnicos para proceder a las transmisiones en vivo de las sesiones, que deberán arrancar el 10 de mayo.
