Ley no prevé el reenvío, falta de acuerdo, ni desintegración de terna

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La ley no prevé el rechazo del Senado del candidato propuesto por el Ejecutivo, en este caso, para fiscal general del Estado. Sin embargo, casos similares se resolvieron de varias maneras, ante la falta de reglamentación.

En opinión del jurista José Casañas Levi, si el Senado no le da su acuerdo a la elegida del presidente Horacio Cartes, para que Sandra Quiñónez sea designada fiscala general del Estado, todo el proceso de selección de candidatos debe reiniciarse en el Consejo de la Magistratura.

Casañas Levi manifestó que de ocurrir esto, los ternados Quiñónez, Javier Díaz Verón y Victoria Acuña, por el principio de igualdad, deben tener, si es que así lo desean, la posibilidad de volver a concursar.

Por otro lado, dijo que la reconducción tácita no puede aplicarse a la Fiscalía General. “Díaz Verón tiene mandato vencido y, de acuerdo a la Ley Orgánica del Ministerio Público, debe ceder su cargo al fiscal adjunto más antiguo”.

Para el caso de fiscal general, no ha sucedido aún que el candidato elegido por el presidente de la República haya sido rechazado por el Senado.

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Esta situación sí sucedió en casos de ternados que tenían que ver con nombramientos para ministros de la Corte Suprema de Justicia.

El antecedente más cercano se registró en abril de 2015 cuando el Senado eligió al camarista Linneo Ynsfrán para que sea designado ministro de la Corte. 

Los otros miembros de la terna fueron los camaristas Emiliano Rolón y Miryam Peña. 

Sin embargo, el presidente Horacio Cartes no le dio su acuerdo a Ynsfrán para que asuma como ministro de la Corte.

Ante esta situación, en una llamativa decisión, el Consejo de la Magistratura, entonces presidido por Enrique Riera, resolvió integrar la terna con el abogado particular Eugenio Jiménez Rolón, junto a Peña y Rolón.

De esta “nueva” terna, fue finalmente designada Peña como ministra de la Corte.

Otro caso fue la terna integrada con los camaristas Emiliano Rolón, Irma Alfonso de Bogarín y Agustín Lovera Cañete, quienes concursaron en el 2008 por ocupar el cargo dejado por el jubilado ministro de Corte Wildo Rienzi. 

De esta terna, fue elegido por la Cámara de Senadores, Lovera Cañete, para ocupar el cargo en la máxima instancia judicial. 

Sin embargo, el entonces presidente de la República Fernando Lugo, en agosto de 2009, impugnó a Lovera Cañete como designado por los senadores.

Lovera Cañete recurrió por medio de una acción de inconstitucionalidad ante la Corte porque Lugo no fundó su impugnación. 

Hasta ahora, la Sala Constitucional no resolvió la acción. Ninguno de los ternados accedió al cargo.

Lo que dice la Constitución

Artículo 269. DE LA ELECCIÓN Y DE LA DURACIÓN DEL MANDATO: El fiscal general del Estado tiene inamovilidad. Dura cinco años en sus funciones y puede ser reelecto. Es nombrado por el Poder Ejecutivo, con acuerdo del Senado, a propuesta en terna del Consejo de la Magistratura. 

- La Carta Magna no prevé el reenvío de la terna o del elegido por el Ejecutivo, como tampoco menciona la falta de acuerdo. Según constitucionalistas, ambas situaciones no están previstas porque el ánimo de la ley es que tanto el Ejecutivo como el Legislativo, antes de elegir al candidato al cargo, se deben de poner de acuerdo.