Miembro del Consejo dice que se debe cumplir orden judicial y proveer datos

“Una orden judicial se debe cumplir”, dijo ayer el abogado Claudio Bacchetta, miembro del Consejo de la Magistratura, sobre el emplazamiento judicial para que ese organismo dé a conocer los datos del proceso de elaboración de la terna de candidatos a fiscal general.

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El abogado Bacchetta, representante del gremio de los abogados en el Consejo de la Magistratura, dijo en entrevista con ABC Color que no tuvo acceso al texto del emplazamiento que hizo la jueza Karen González Orrego. Sin embargo, puntualizó que una orden judicial se debe cumplir.

Bacchetta dijo que desde hace varios días estaba en el interior del país y no conocía el texto ni los términos de la decisión de la jueza, por lo cual no podía opinar sobre sus fundamentos. Adelantó que esta tarde se reunirá el Consejo y es un hecho que el presidente del organismo pondrá a consideración de sus miembros el documento. El abogado señaló que previamente pedirá al asesor jurídico del Consejo que dé su opinión sobre el tema.

Desde hace algunos días, la mayoría de los integrantes del Consejo, comenzando por su presidente Osvaldo González Ferreira, representante de las Universidades Nacionales, evitan ostensiblemente a la prensa, con el evidente propósito de no dar su opinión sobre el emplazamiento que recibieron de la Justicia.

Además de González Ferreira y Bacchetta, integran el Consejo de la Magistratura Carlos Raúl Cabrera, representante del Poder Ejecutivo; el Dr. Luis María Benítez Riera, ministro representante de la Corte Suprema de Justicia; Enzo Cardozo, representante del Senado; Clemente Barrios, representante de la Cámara de Diputados; Adrián Salas, representante del Colegio de Abogados, y Cristian Kriskovich, representante de las Universidades Privadas.

Emplazamiento 

La jueza en lo civil y comercial del 17º turno, Karen González Orrego, dio un plazo de 3 días al Consejo de la Magistratura (CM), que preside Osvaldo González Ferreira, representante del Poder Ejecutivo para que, de acuerdo a lo que ordena el artículo 572 del Código Procesal Civil, informe al juzgado sobre los datos que se rehúsa a proveer a los abogados Ezequiel Santagada, Romy Fischer Schenk y Marta Ferrara.

La tramitación de la acción de amparo se refiere al proceso de elaboración de terna de candidatos a fiscal general del Estado, realizado entre cuatro paredes, con total ocultamiento a la ciudadanía, según las denuncias de la mayoría de los postulantes, de la ciudadanía y sus representantes.

La presentación de los abogados se debió a la negativa del Consejo de proveer toda la información sobre el proceso de selección de candidatos a fiscal general , requerida a través del Portal Unificado de Acceso a la Información.

La petición se basa en el artículo 28 de la Constitución Nacional (del derecho a informarse), en la Ley 5282/14 “De libre acceso ciudadano a la información pública y transparencia gubernamental”. Los recurrentes invocaron, además, la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica. El artículo 28 de la CN dice textualmente: “Del derecho a informarse. Se reconoce el derecho de las personas a recibir información veraz, responsable y ecuánime. Las fuentes públicas de información son libres para todos. La ley regulará las modalidades, plazos y sanciones correspondientes a las mismas, a fin de que este derecho sea efectivo”.

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