Sobre la mayoría necesaria para concretar la expulsión del legislador, existen distintos criterios, debido a la falta de reglamentación del artículo 201 de la Constitución, sobre la pérdida de investidura.
Sin embargo, la postura de la mayoría sería que es suficiente la mayoría simple de votos (la mitad más uno de los presentes), ya que el artículo no menciona ninguna mayoría calificada. En esos casos, el Art. 185 de la Constitución dice que se debe aplicar la mayoría simple. Más allá de la discusión constitucional y reglamentaria, senadores consultados consideran que existiría el lunes una amplia mayoría, que supera inclusive la mayoría absoluta (23 votos) a favor de aprobar la pérdida de investidura del condenado Bogado.
Existe una proyecto de reglamento en estudio, pero no estará a tiempo para ser utilizado en el caso del colorado Bogado.
Una posibilidad que se maneja es que al inicio de la sesión extra se apruebe un reglamento “ad hoc” para llevar adelante el procedimiento de la pérdida de investidura. En ese marco, se prevé que se le dará de nuevo a Víctor Bogado la oportunidad de ejercer su defensa, por sí mismo o a través de sus abogados.
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