El delito atribuido a Ramírez Zambonini, inducción a un subordinado a un hecho punible, está previsto en el artículo 318 del Código Penal, y refiere que “el superior que indujera o intentara inducir al subordinado a la realización de un hecho antijurídico en el ejercicio de sus funciones o tolerara tales hechos será castigado con la pena prevista para el hecho punible inducido (en este caso, hasta dos años de penitenciaría o multa).
El artículo 313 del Código Penal se refiere al cobro indebido de honorarios, y dice: 1º) El funcionario público, abogado u otro auxiliar de justicia que a sabiendas cobrara en su provecho honorarios u otras remuneraciones no debidas será castigado con pena privativa de libertad de hasta dos años o con multa. 2º) En estos casos, será castigada la tentativa.
Manuel Radice está imputado por el Ministerio Público por el de uso de certificados sobre méritos y servicios de contenido falso (artículo 259).
El referido artículo establece: “El que con la intención de inducir al error sobre méritos o servicios utilizara un certificado señalado en los artículos 257 y 258 será castigado con pena privativa de libertad de hasta un año o con multa”.
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