El presidente del PLRA, Efraín Alegre, presentó el pedido al Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), máxima instancia de la Justicia Electoral, bajo patrocinio del abogado Cristian González. En el escrito se alega que en la presentación de rúbricas realizada el 13 de enero pasado por la ANR hubo un “fraude generalizado”, porque se comprobó la “existencia de “firmas” de fallecidos, ciudadanos residentes en el extranjero y personas que manifiestan que nunca firmaron la planilla, así como groseras similitudes en la caligrafía”, entre otros hechos.
Otra causa del pedido de rechazo y devolución de las firmas a la ANR, solicitados por el PLRA, es el incumplimiento de los artículos 275 y 266, inciso “b”, del Código Electoral, que establecen los requisitos, además de la supervisión del TSJE, para ejercer la figura de la iniciativa popular.
En el escrito del PLRA se enfatiza en que el TSJE no hizo el correspondiente control conforme al inciso “b” del artículo 266 que señala que para la iniciativa popular deberán firmar “los electores inscriptos en el Registro Cívico Permanente, identificados con su nombre y apellido y número de documento de identidad civil, cuyas firmas deberán ser autenticadas por escribano público y recogidas en pliegos proveídos por la Justicia Electoral, numerados y rubricados por uno de los miembros de una de las salas del Tribunal Electoral de la Capital”.
La ANR no recolectó las firmas en pliegos suministrados por la Justicia Electoral.
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El PLRA finamente aduce la violación del Art. 290 de la Constitución que dispone que un proyecto de enmienda rechazado en cualquiera de las cámaras del Congreso ya no podrá ser tratado dentro de un término de un año.
No ser cómplice
Alegre declaró a la prensa que la Justicia Electoral debe rechazar el “mamarracho” presentado por la ANR o, de lo contrario, sería cómplice de un “escandaloso fraude”, con lo que el organismo perdería credibilidad.
