Polémico fallo de la Corte favorece a clientes de futuro ministro del Interior

En contra de la ley y de la jurisprudencia de la Corte, la Sala Constitucional anuló la elevación a juicio del caso de los españoles acusados por compra irregular de helicópteros para la Policía.

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La sentencia N° 348 del 3 de mayo de 2018, firmada por unanimidad por Sindulfo Blanco (primer opinante), Miryam Peña y el camarista Cristóbal Sánchez, hace lugar a la acción de inconstitucionalidad promovida por los españoles Guillermo Casado y Alvaro Lasso Génova, acusados por la venta de helicópteros inservibles para la Policía Nacional, por casi G. 50.000 millones.

El abogado Juan Ernesto Villamayor, defensor de los españoles, quien justamente ayer fue declarado por el presidente electo Mario Abdo Benítez, como futuro ministro del Interior, pudo haber influido en la llamativa resolución de la Corte.

Los ministros de la Sala Constitucional criticaron que “la acusación formulada se realizó de modo deficiente por cuanto que no observó, al momento de citarlos a indagatoria, el derecho de los imputados a declarar con las copias de las pruebas reunidas hasta ese momento por el Ministerio Público afectándose de manera negativa el ejercicio de la defensa en juicio y la intervención de los mismos por medio de las declaraciones de descargo, alterando así la garantía constitucional, integrando entonces el catálogo antes visto de nulidades absolutas”.

En el fallo de la Sala Constitucional se menciona que los españoles fueron llamados a indagatoria en dos ocasiones, el 12 y 14 de noviembre de 2013, pero las diligencias fueron suspendidas por los imputados.

Las fotocopias de la carpeta fiscal fueron solicitadas el 4 de junio de 2013 para que la defensa pueda preparar su estrategia.

Sin embargo, según las fuentes del Ministerio Público, las fotocopias fueron sacadas con “cuentagotas” por la defensora Bettina Legal, justamente para promover la demora.

Blanco argumentó que el Ministerio Público solamente otorgó una oportunidad al imputado para la declaración indagatoria que “no es suficiente”, porque no se habían entregado las fotocopias a los procesados.

Sin embargo, la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia señala que dar una oportunidad para la indagatoria es suficiente, ya que este acto es considerado como un derecho a la defensa y además el imputado puede declarar las veces que crea conveniente. También el fallo que eleva la causa a juicio oral es irrecurrible.

Nulidad del proceso

- La acción de inconstitucionalidad que favoreció a los españoles Casado y Lasso no menciona desde qué punto del proceso penal se debe retrotraer. Seguramente los fiscales René Fernández y Yolanda Portillo van a solicitar una aclaratoria.

- En esta misma causa también está procesado el exministro del Interior Rafael Filizzola, quien igualmente recurrió por medio de una inconstitucionalidad la imputación y la elevación de la causa a juicio oral y público que había decretado el juez penal Hugo Sosa Pasmor.

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