Promulgan ley que legaliza el uso del cannabis con fines medicinales

El presidente de la República, Horacio Cartes, promulgó la Ley Nº 6007 que legaliza el uso de la planta de cannabis y sus derivados con fines estrictamente medicinales. La normativa establece un programa para el cultivo controlado de dichas plantas y su producción supervisada por el Ministerio de Salud Pública y controlada por Senad.

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La Ley Nº 6007 que “Crea el Programa Nacional para el estudio y la investigación médica y científica del uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados” fue promulgada por el Poder Ejecutivo a cargo de Horacio Cartes, los últimos días del año pasado y oficialmente se supo ayer a través de la Gaceta, dando el trámite correspondiente para su entrada en vigencia. 

El 15 de noviembre tuvo media sanción en la Cámara de Diputados y el 5 de diciembre fue sancionada la normativa en la Cámara de Senadores.

Cultivo controlado 

La ley establece un reglamento para la producción controlada de la planta de marihuana, la cual estará limitada solo al Estado.

Según el artículo Nº 3, la Dirección Nacional de Vigilancia de la Salud (DNVS), dependiente del Ministerio de Salud, será la autoridad encargada de la aplicación. Este organismo, a su vez, trabajará en conjunto con la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad) y la Secretaría Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (Senave) para autorizar el cultivo de la planta en la Universidad Nacional de Asunción, específicamente en la Dirección General de Investigación Científica y Tecnológica, también el Instituto Paraguayo de Tecnología Agraria (IPTA), Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) y los laboratorios farmacéuticos autorizados.

En el artículo Nº 7, se establece un Registro Nacional de Usuarios de productos derivados del cannabis, donde podrán registrarse personas que padecen epilepsia refractaria, cáncer y otras patologías, las cuales pueden ser tratadas con el aceite de cannabis. La medicina será gratuita para estos pacientes.

Autocultivo 

La normativa permite la elaboración local de los productos del cannabis con fines medicinales, pero no autoriza el “autocultivo” que es un reclamo que fue realizado por la organización Mamá Cultiva. Dicho sector incluso promovió un amparo ante el Palacio de Justicia para poder cultivar en sus hogares la planta y así elaborar artesanalmente el aceite de cannabis. Su iniciativa fue rechazada “in limine”, por el juez penal de Garantías Miguel Tadeo Fernández.

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