Rechazan 15 chicanas de los audios de González Daher y destraban el caso

Un Tribunal de Apelación rechazó la “muralla” de 15 chicanas que obstaculizaban el caso de los audios filtrados del exsenador Óscar González Daher. Ahora se destraba el proceso.

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En el expediente abierto por los audios filtrados del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) donde están acusados los exsenadores Óscar González Daher (ANR, cartista), Jorge Oviedo Matto (UNACE), Raúl Fernández Lippmann, Carmelo Caballero y Rubén Darío Silva, se presentaron una serie de incidentes meramente dilatorios por las diferentes defensas, pero la Cámara de Apelación, integrada por José Agustín Fernández, Arnulfo Arias y Carlos Escobar, rechazó todas esas chicanas.

Todos presentaron nulidad de la imputación, también recurrieron contra la fijación de fechas para audiencia de imposición de medidas y de audiencia preliminar, pero una tras otra fueron desestimadas.

Este caso se inició el 28 de diciembre de 2017 y desde el mismo momento de la imputación todas las defensas se turnaron para presentar incidentes meramente dilatorios, a tal punto que hasta el momento no se pudo llevar a cabo la audiencia de imposición de medidas a los procesados, que es la primera diligencia se debe hacer tras la imputación.

La fiscalía presentó la acusación y pidió juicio oral para Óscar González Daher, Jorge Oviedo Matto, Raúl Fernández Lippmann y Carmelo Caballero, en relación a Rubén Darío Silva se pidió el sobreseimiento definitivo. 

El juez penal de Garantías Rolando Duarte, fijó para el 24 de febrero pasado la audiencia preliminar que no pudo realizarse porque el expediente seguía en la Cámara.

Ahora se destrabó el caso ya que no existen incidentes por resolver y el expediente debe volver al juzgado de Duarte, quien tiene que fijar una nueva fecha para la audiencia preliminar.

Sin embargo, debido a la tibieza con que actúa la Cámara de Apelación Cuarta Sala Penal que no sancionó a ninguna de las defensa por la cantidad de chicanas que presentaron lo más probable es que los abogados pidan aclaratorias o vuelvan a apelar ante la Corte estos incidentes rechazados.

Los jueces están facultados por ley a sancionar a los abogados y los procesados que no litiguen de buena fe y que presenten incidentes al solo efecto de ir obstruyendo el avance de las investigaciones. Los camaristas debieron poner un freno en este caso, pero no lo hicieron dando vía libre a seguir con las chicanas.

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