El legislador mencionó el artículo 41 del reglamento, inciso l) de los deberes y atribuciones del presidente, que señala literalmente: “Recibir e informarse de las comunicaciones dirigidas al Senado y ponerlas en su conocimiento, reteniendo las que a su juicio fueran admisibles, de lo cual, dará cuenta a la cámara”.
Acevedo dijo que, basándose en el hecho de que el Senado ya trató y rechazó el 25 de agosto de este año un proyecto de enmienda para implementar la reelección, no se puede volver a tratar el mismo tema hasta dentro de un año, según establece el artículo 290 de la Constitución.
Admitió también que el pleno podía convocar a sesión extraordinaria durante el receso, siempre que contasen con la mayoría necesaria que establece el reglamento interno.
Según la versión que corrió ayer, el oficialismo y aliados estaban dispuestos a pasar por encima del reglamento, basándose en que contaban con mayoría absoluta.
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