Senado ignora a ciudadanía y sanciona “blindaje”

Con 23 votos, el Senado sancionó ayer la ley que reglamenta la pérdida de investidura para “blindar” a los parlamentarios contra ese castigo. La norma establece que para expulsar a un legislador se exige sentencia judicial y una mayoría calificada (30 y 53 votos), que no figuran en la Constitución.

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La ley que reglamenta el artículo 201 de la Constitución, de la pérdida de la investidura, fue fuertemente cuestionada por varios legisladores que advirtieron sobre la inconstitucionalidad de esta iniciativa.

Los defensores de la norma, Juan Darío Monges (ANR, cartista) y Fernando Silva Facetti (PLRA, llanista) argumentaron que era incongruente que para sanciones más leves, como una suspensión de 60 días, se necesiten dos tercios de votos (30 sobre 45) y para expulsarlo solo sea suficiente una mayoría simple (mitad más uno de los presentes). 

También sostuvieron que la causal de tráfico de influencias debía estar fehacientemente comprobado y que el organismo que podía hacer dicha comprobación es el Poder Judicial.

Silva Facetti sostuvo que el Senado solo puede amonestar a sus miembros, en los términos del Art. 190 y suspenderlo por ese máximo de 60 días, pero para aplicar la pérdida de investidura debe mediar una sentencia de la Justicia. En contra de la ley argumentaron los senadores Miguel Abdón Saguier (PLRA), Arnaldo Giuzzio (ex PDP), Desirée Masi (PDP), Carlos Filizzola (FG) y Eduardo Petta (ANR). 

Recalcaron que la misma Constitución, en su Art. 185, señala que, al no establecerse una mayoría calificada, se entiende que es mayoría simple. Al disponer por ley una mayoría especial, se está violentando la Constitución, advirtió el senador Saguier.

En tanto, Filizzola apuntó que el objetivo de esta supuesta reglamentación era hacer que la pérdida de investidura sea inaplicable, al hacerla depender de un fallo judicial que fácilmente se puede postergar por varios años. Denunció también que la norma está hecha a la medida del presidente Horacio Cartes, que de esta manera quedará blindado de eventuales sanciones de sus mismos pares.

Por su parte, la senadora Masi (PDP) dijo que si consideran que existe una incongruencia entre artículos de la Constitución, se debe corregir a través de una enmienda o reforma, pero no convertir a las cámaras del Congreso en Convención Constituyente para cambiar la Carta Magna.

La norma sancionada ayer será girada al Poder Ejecutivo para su promulgación. El Ejecutivo podría vetar la norma aunque existen pocas expectativas al respecto, ya que la mayoría de los oficialistas aprobó la ley.

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