La normativa plantea crear en el ámbito de la Secretaría de Defensa del Consumidor y Usuario (Sedeco) un registro nacional donde consten los números de telefonía móvil cuyos titulares no estén de acuerdo en recibir llamadas y mensajes de publicidad, oferta, venta y regalo de bienes o servicios que no han solicitado.
El interesado podrá inscribirse en el Registro Nacional donde manifestará su voluntad de no recibir promociones, ya sea por medio de llamadas o mensajes de texto.
La normativa también plantea que en caso de que las empresas continúen con las iniciativas de intentar ponerse en contacto con el usuario, a pesar de estar inscripto en el registro, se las sancionará económicamente y administrativamente. No determina la forma de aplicación y plantea que sea la Sedeco la que reglamente la ley.
Obligatoriedad
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El polémico proyecto de ley que reglamenta el servicio militar obligatorio (SMO) figura entre los primeros puntos del orden del día de la fecha.
La diputada María Carísimo (PLRA) plantea que el servicio militar dure 12 meses para los jóvenes de 18 años de edad.
La prestación del servicio militar tendrá una remuneración mensual equivalente a 13 jornales mínimo diario (G. 912.028) que cada conscripto percibirá al término de su servicio, una vez aprobada la capacitación técnica que hubiera elegido.
El proyecto de ley establece el SMO para todo ciudadano paraguayo, incluyendo a las mujeres.
La ley obliga a las empresas privadas e instituciones públicas a retener los puestos de los empleados llamados al servicio militar.
Provisión
La Cámara Baja también analizará en la fecha la modificación del Art. 8 de la Nº 5189 sobre la obligatoriedad de proveer informaciones en el uso de recursos públicos sobre remuneraciones y otras retribuciones asignadas al servidor público.
Plantea que quienes incumplan con el artículo serán castigados con 180 días de multa. La Secretaría de la Función Pública impondrá la sanción, tendrá el carácter de título ejecutivo, con carácter de privilegio especial para su cobro judicial.
