Juez da un revés a Justo Cárdenas

Este artículo tiene 6 años de antigüedad

El juez Humberto Otazú rechazó que el expresidente del Indert Justo Pastor Cárdenas Nunes litigue desde la clandestinidad y dispuso que se dé cumplimiento a la orden de detención fiscal, para luego resolver todos los incidentes presentados por sus abogados Rodolfo Gubetich y Luis Ayala.

El magistrado resolvió no dar trámite de esta forma al pedido de eximición de detención de la fiscala Natalia Fúster, del incidente de nulidad de imputación y de la nulidad de la aceptación de la imputación. La agente del Ministerio Público imputó a Cárdenas porque supuestamente no puede justificar su patrimonio (G. 2.600 millones) y a sus tres hijos, Justo Pastor y María Alexandra Cárdenas Pappalardo, y Allan Israel Cárdenas Rodríguez por lavado de dinero, ya que presumiblemente ocultaron sus bienes con acciones en dos empresas y compras millonarias de vehículos 0Km e inmuebles, al contado. La fiscala Fúster fue recusada y confirmada en la causa por la adjunta de Delitos Económicos Soledad Machuca.