Observatorio de causas permitirá control ciudadano

Con la habilitación de un observatorio de causas de interés ciudadano, la Corte Suprema pondrá a disposición de la ciudadanía un registro que permitirá el monitoreo en línea de causas de corrupción. La iniciativa se realiza en el marco del Programa “Hacia un nuevo modelo de justicia” y estará disponible aun este año.

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Con el anuncio de la transmisión en vivo de las plenarias de la Corte Suprema de Justicia, se presentó otra novedad: la habilitación del observatorio de causas de interés ciudadano. Se trata de un portal en el que cualquier persona podrá visibilizar los estados procesales de los casos emblemáticos, es decir, ver cuáles son las últimas resoluciones dictadas y las cuestiones pendientes de resolución.

El objetivo es crear un sistema de monitoreo ciudadano, que permita el acompañamiento de los procesos abiertos por delitos contra el Estado y aquellos que tengan como protagonistas a funcionarios públicos, como cohecho, enriquecimiento ilícito y otros.

Para el efecto, se creará un módulo en el sitio web oficial del Poder Judicial. El mismo tendrá como objetivo permitir la visualización de las actuaciones en diversos procesos judiciales emblemáticos.

En una primera etapa serán publicadas unas veinte causas consideradas de interés general, de las que estarán disponibles el número y carátula del expediente, fecha de inicio del proceso, jueces designados, las partes intervinientes, y las resoluciones pertinentes (tipo de resolución, número, fecha), y breve reseña del caso.

Por ahora, la recopilación y carga de datos estará a cargo de funcionarios de la Dirección de Comunicación, pues no se cuenta con un presupuesto necesario para el desarrollo de una plataforma web que sistematice los datos judiciales para su publicación en el observatorio. La previsión es que el observatorio esté a disposición de la ciudadanía antes de fin del año. 

Petición se hizo en el 2016 

Cabe recordar que en junio del 2016, la Coordinadora de Abogados del Paraguay, presidida por Kattya González (actual diputada por el Encuentro Nacional), solicitó la implementación de un registro informático para que la ciudadanía pueda controlar los casos de corrupción, trata de personas y narcotráfico a la entonces presidencia de la Corte Surprema de Justicia.

La solicitud estaba basada en el artículo 28 de la Constitución Nacional, del Derecho a informarse, puesto que los delitos mencionados atañen a toda la ciudadanía y porque la información proveída por la misma Corte es considerada como veraz.

“Hacia un nuevo modelo de justicia” se llama el programa y tal como dice su nombre, ojalá sirva realmente para transparentar el accionar de la administración de justicia, tan desacreditada por fallos “cocinados” entre “gallos y medianoche”, de los que generalmente la ciudadanía se entera cuando ya son hechos consumados.

Esto dependerá en gran medida de que realmente todos los casos emblemáticos estén a disposición de los ciudadanos y en tiempo real, es decir, permanentemente actualizado.

Acción contra sentencia histórica

Actualmente, se encuentra en estudio una acción de inconstitucionalidad promovida por el contralor general de la República, José Enrique García, contra los históricos fallos que ordan la entrega de las declaraciones juradas de bienes de varias autoridades al periodista Juan Carlos Lezcano.

El fallo fue dictado en mayo pasado por el entonces juez penal de garantías Rubén Riquelme, quien hizo lugar a un amparo promovido por el hombre de prensa contra el ente contralor, ante el caso omiso a las reiteradas solicitudes de acceso a la información pública que había presentado para conocer las declaraciones juradas de quienes ocuparon los más altos cargos de la República entre 1998 y 2017.

El 7 de junio pasado, el Tribunal de Apelación, 1ª sala, confirmó el fallo en mayoría, motivo por el cual García recurrió a la Corte.

Resta saber si la Corte Suprema de Justicia mantendrá en sus fallos la línea de transparencia que pregona o si en realidad, el discurso es sólo “para la exportación”.

Secretismo favorece a morosos

En el año 2016, la abogada María Primitiva Villalba presentó un amparo ante el juez Nelio Prieto a fin de acceder a la nómina de 100 principales morosos de la Municipalidad de Encarnación.

El juez rechazó la acción tras afirmar que riñe con el derecho a la intimidad de los contribuyentes, mismo argumento esgrimido por la Comuna para rechazar el pedido. En octubre del 2016, el Tribunal de Apelación de Encarnación, 2ª sala, anuló el fallo y ordenó que se le informe acerca de las cuentas catastrales, no así los nombres de los morosos.

Tras alegar que el fallo viola garantías previstas en la Constitución –los artículos 28 (derecho a informarse), 137 (supremacía de la CN) y 256 (la forma de los juicios)– y la Ley Nº 5282, “de libre acceso ciudadano a la información pública y transparencia gubernamental”, recurrió a la Corte, pero esta rechazó la acción de inconstitucionalidad promovida bajo patrocinio del Grupo Impulsor de Acceso a la Información (GIAI).

Resoluciones en web, a medias

En la página web de la Corte Suprema de Justicia, en el apartado que dice Resoluciones Judiciales, están disponibles para cualquier ciudadano una serie de resoluciones judiciales, tanto sentencias como autos interlocutorios.

Sin embargo, no todos los juzgados alzan sus resoluciones a dicha página ni las que ahí figuran conforman la totalidad de las resoluciones dictadas y tampoco están actualizadas.

Por ejemplo, algunos juzgados tienen un promedio de dos a tres sentencias por mes, cuando en la realidad se dictan más. En algunos casos, la última resolución es de agosto o setiembre.

Las resoluciones actualmente disponibles corresponden a los siguientes juzgados: juzgado laboral 6° turno; juzgados en lo civil y comercial 19° y 20° turnos; Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª y 6ª salas; Tribunal de Apelación laboral 1ª y 2ª salas y Tribunal de Apelación en lo penal 1ª, 2ª, 3ª, 4ª salas y de Itapúa.

No se observan resoluciones de ningún juzgado penal, sea de Garantías, de Liquidación o de Tribunal de Sentencia y ni de la gran mayoría de los juzgados de primera instancia en lo civil y comercial y laboral.

Según información en la misma página, la Base de Datos de Resoluciones Judiciales, está compuesta por las resoluciones judiciales de los Tribunales de Apelación que desde su fuente original (los archivos de la Dirección de Estadística Judicial) han sido producto de su digitalización y hay archivos desde el año 2000. Cuenta igualmente con las resoluciones dictadas por los juzgados y tribunales de Apelación que operan bajo el esquema del expediente judicial electrónico.

Corte dictó fallo emblemático

Un fallo emblemático, en el cual la Corte Suprema de Justicia sentó postura a favor de la transparencia, fue el Acuerdo y Sentencia Nº 1306 del 15 de octubre del 2013, en la causa “Acción de inconstitucionalidad promovida por la Defensoría del Pueblo contra la municipalidad de San Lorenzo sobre amparo”.

El caso tuvo su origen en la petición del ciudadano José Daniel Vargas Telles a la comuna de San Lorenzo, a la que solicitó la nómina de funcionarios con sus respectivos sueldos. Vargas formuló su petición basado en el artículo 28 de la Constitución Nacional y la comuna sanlorenzana, se escudó en el artículo 33 de la Carta Magna para negarla.

Ante esta situación, el entonces defensor del pueblo Manuel Páez Monges accionó contra el fallo que le negó información a Vargas Telles. Tras concluir que el acceso a la información es un derecho humano fundamental, la Corte ordenó la entrega de dichos datos. 

El ministro Antonio Fretes fue preopinante, a cuyo voto se adhirieron Gladys Bareiro, Alicia Pucheta, Sindulfo Blanco, Víctor Núñez, Raúl Torres Kirmser; y los camaristas Óscar Paiva Valdovinos, Valentina Núñez y Neri Villalba.

rferre@abc.com.py

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