El delito imputado es el de lesión de confianza y alcanza, además de Ortigoza a Emmanuel Friedmann, del Ministerio de Hacienda; Justo Gamarra, representante de las municipalidades, y Milciades Duré, encargado de las gobernaciones.
De acuerdo al escrito, el 28 de octubre de 2011, el inmueble de a firma San Agustín fue ofrecido al Indert.
Hubo dos dictámenes del Ministerio de Obras Públicas sobre este tema. El primero estimaba el valor en G. 30.434.264.730 y el segundo en 60.294.298.050.
El 27 de diciembre de 2012, la Junta Asesora y de Control de Gestión del Indert analizó la compra del inmueble, al precio de 6 millones de guaraníes la hectárea.
Pero luego se dispuso fijar el precio para la adquisición del inmueble a 10 millones 500 mil guaraníes por hectárea.
“En fecha 28 de diciembre de 2012, Ortigoza Samudio en su carácter de presidente del Indert, resolvió la adquisición del inmueble, en el departamento de Cordillera, como fincas N° 95 de Tobatí y finca N° 104 del distrito de Atyrá, provenientes de las fincas 268 del distrito de Altos y N° 183, del distrito de Atyrá (geográficamente en los distritos de Altos y Loma Grande), departamento de Cordillera, con una superficie de 5.742 Ha., 3.141 mts 2, a razón de 10 millones 500 mil por Ha., propiedad de la firma San Agustín SACI”, indica el escrito.
Luego en fecha 28 de febrero, se firmó la transferencia del inmueble otorgado por la firma San Agustín SA, ante la escribana pública Marta Roa de Vargas por el monto total de 60.294.298.050, de cuya cantidad, previa retención de impuestos, el representante de la compradora hace entrega al representante de la vendedora la suma de 46.884.846.163 guaraníes, equivalente al 80% de lo estipulado en cheque cargo Banco Nacional de Fomento.
“El 20% restante, 12.058.859.610 guaraníes, debería haberse pagado al término de la verificación perimetral administrativa del inmueble a cargo de la gerencia de ingeniería rural del Indert, diligencia que deberá realizarse en un plazo máximo de ocho días, a partir de la fecha de escritura”, aclara la imputación.
Siguiendo con la cronología , el 13 de marzo de 2013, Ortigoza resolvió autorizar el pago de la suma de más de 48.000 millones de guaraníes a favor de la empresa San Agustín.
“Surge una sospecha razonable de que los imputados, como integrantes de la Junta Asesora y de Control de Gestión del Indert, dispusieron la compra de un inmueble, propiedad de San Agustín SACI, por un valor muy superior al que realmente posee, lo cual habría ocasionado un perjuicio patrimonial al Indert”, concluye señalando la fiscala.
Lo que dice la ley
La fiscalía se basa en el artículo 192 inciso 2° que refiere textualmente:
Lesión de confianza
1º El que con base en una ley, a una resolución administrativa o a un contrato, haya asumido la responsabilidad de proteger un interés patrimonial relevante para un tercero y causara o no evitara, dentro del ámbito de protección que le fue confiado, un perjuicio patrimonial, será castigado con pena privativa de libertad de hasta cinco años o con multa.
2º En los casos especialmente graves la pena privativa de libertad podrá ser aumentada hasta diez años. No se aplicará el párrafo anterior cuando el hecho se refiera a un valor menor de diez jornales.
ocaceres@abc.com.py
