Municipios deben recoger pilas, afirman

Un experto recuerda que existe una ley que estipula el destino que debe darse a las pilas y baterías considerando su alto poder de contaminación. Una persona fue condenada a dos años de cárcel por el acopio ilegal, según las autoridades.

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Fernando Brítez, director de Calidad Ambiental de la Secretaría del Ambiente (Seam), afirmó que existe una ley de “Gestión integral de pilas y baterías de uso doméstico”, que contempla además los mecanismos adecuados de segregación, almacenamiento, recolección, transporte, reciclaje, tratamiento y disposición final de pilas y baterías de uso doméstico, con el objetivo de evitar la contaminación a raíz de su uso.

Agregó que los establecimientos como supermercados, shopping u otros comercios están obligados a proveer contenedores aptos para el acopio de pilas y baterías usadas, y luego esos serán recogidos por las municipalidades. “La Seam solo habilita a los establecimientos, les otorga la licencia para operar, pero ellos trabajan con los municipios. Nosotros no recogemos los residuos”, enfatizó el funcionario.

“Una buena acción puede generar efectos negativos; sabemos que las pilas y baterías son una necesidad para el mundo, por lo que no se pueden dejar de usarlas, pero se las debe disponer adecuadamente”, culminó diciendo Brítez.

El Ministerio Público condenó a Rubén Figueredo, presidente de la Fundación Itá Enramada, a dos años de cárcel al ser declarado culpable de montar en su propiedad un depósito ilegal de pilas en desuso. El argumento de la Fiscalía fue que el ambientalista –quien buscaba paliar la incompetencia de las autoridades– incurrió en el delito de procesamiento ilícito de desechos (artículo 200 del Código Penal) y violación de la Ley Nº 716/96, que sanciona delitos contra el medio ambiente.

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