Rechazan sanciones por violar mandato de partidos

El Tribunal Superior de Justicia Electoral resolvió que ningún afiliado está obligado a obedecer un mandato imperativo. Con esto, los liberales oficialistas y colorados disidentes no pueden ser sancionados por tomar posturas contrarias a sus partidos.

Cargando...

La determinación del Tribunal Superior de Justicia Electoral fue en respuesta a la acción de inconstitucionalidad planteada el 3 de marzo último por ocho senadores liberales que recibieron represalias por haber avalado la aprobación de la enmienda en una sesión paralela el 31 de marzo.

Con respecto a este caso, se dispuso que ningún afiliado, sin importar el partido al que pertenezca, puede ser inhabilitado o sancionado por  no obedecer mandatos de las convenciones o diligencias. "Los concejales, parlamentarios y gobernantes pueden actuar y votar según le dicte su consciencia, tal y como establece la Constitución Nacional", aclaró el asesor del TSJE Luis Alberto Mauro para ABC Cardinal.

La disidencia colorada también presentó una acción de inconstitucionalidad contra el mandato partidario proenmienda de la Junta de Gobierno de la ANR a favor del proyecto de enmienda vía reelección presidencial. En este caso, se determinó una medida cautelar mediante la cual se suspendió la determinación de dejar a varios afiliados fuera de la ANR.

“Muchos iban a quedar incluso sin poder candidatarse porque se determinaba una inhabilitación por parte del partido”, explicó Mauro para la 730 AM. Los disidentes habían declarado que en la resolución de la Convención Colorada se previeron sanciones a quienes se aparten de la línea partidaria.

Este caso todavía no cuenta con sentencia definitiva pero por el momento, queda suspendida la inhabilitación a los disidentes.  

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...