La administración tributaria "insta" a los contribuyentes a que, si bien la fecha tope es el 31 de julio, presenten sus declaraciones juradas de acuerdo al Calendario Perpetuo de Vencimiento, de modo a "evitar inconvenientes" que puedan suscitarse en la fecha límite fijada para el efecto.
Señala que para el cumplimiento de esta obligación deberán utilizar el Formulario N° 104, versión N° 3, e ingresar al Sistema de Gestión Tributaria Marangatu, a través de la Clave de Acceso Confidencial de Usuario, y pueden hacerlo durante las 24 horas, "desde cualquier parte del mundo".
Lea más: Lea más: Empresarios presentarán inconstitucionalidad
La SET también recuerda a los contribuyentes que los pagos deben efectivizarse a través del servicio de pago electrónico, y que deben declarar el IRP correspondiente al periodo 2017 quienes tengan ingresos superiores a 97.973.904 guaraníes anuales.
La subsecretaría de Estado invita, además, a los afectados a conocer más detalles de la Resolución General N° 123/18 accediendo a la sección Normativas en la página web de la institución o directamente bajar información del link correspondiente.
Todos los beneficios, en un solo lugar Descubrí donde te conviene comprar hoy
