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Ya el lunes, en la misma línea, dictaminó la comisión de Asuntos Económicos y Financieros sobre modificar la ley de tobilleras electrónicas. Según explicó ayer el presidente de la comisión de Asuntos Constitucionales, Roberto González (ANR, FR), se agrega un inciso más al artículo 3, que es el que establece los requisitos para ser beneficiario.
“Aquellos que reunieren los requisito para ser beneficiario, pero no cuenten con recursos económicos para solventar el servicio, deberán acreditar fehacientemente la insolvencia y el Ministerio del Interior se hará cargo por el costo por la prestación de los servicios asociados a la implementación de los dispositivos electrónicos”, indica el texto propuesto por la Comisión.
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González aclaró que según establece la ley, también se otorga la facultad como órgano de aplicación al Ministerio del Interior.
“Es el juez que entiende en la causa y el proceso el que va a otorgar, y el que se encargue de su aplicación va a ser el Ministerio del Interior”, dijo González.