En primera instancia el juez Paublino Escobar fijó la multa en G. 7.015.500, monto equivalente a 100 días multa, según resolución dictada el 9 de noviembre pasado. Idéntica sanción se aplicó entonces al defensor Blas Daniel Mitjans Velilla, defensor de Toma’i y su hijo Robert.
Ahora los camaristas José Agustín Fernández, Delio Vera Navarro y Bibiana Benítez resolvieron reducir la multa de Prieto a G. 3.507.800, suma que corresponde a 50 días multa.
La sanción se aplicó debido a un pedido de suspensión de audiencia preliminar fijada para el 18 de octubre pasado, con el argumento de que no tenía copia del expediente.
El magistrado argumentó que el letrado –representante legal del venezolano Joseph Roberto Pérez Miranda– tuvo una supuesta “conducta temeraria” y de mala fe.
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“Podemos afirmar que el recurrente no ha sido el responsable de las reiteradas suspensiones de la audiencia preliminar que se dieron dentro de la presente causa, por lo que mal podría este Tribunal sancionarlo con la aplicación de multas en casos graves y reiterados, si bien es cierto que Prieto no contaba con las fotocopias de la carpeta fiscal, ya que el mismo ha tenido anteriormente intervención en la causa por la representación que ejercía de otro imputado (...)”, concluye la Cámara.
