Los que ganen G. 6.340.000 deberán pagar IRP

Las personas que ganen al mes G. 6.340.000, tres salarios mínimos, tendrán que prepararse para pagar Impuesto a la Renta Personal (IRP) en el 2019. Pero eso no significa que desde enero ya se tenga que empezar a juntar y guardar las facturas de compras.

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A partir del 2019 el rango de incidencia para el IRP baja a 36 salarios mínimos anuales, poco más de G. 76.000.000. Aquellas personas cuyos ingresos lleguen a ese monto deberán tributar el 8% de la diferencia entre sus ingresos y egresos, según establece la Ley Nº 2421/04 que crea el Impuesto a la Renta del Servicio de Carácter Personal (IRP).

Pero desde la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) aclaran que primero se tiene que alcanzar los 36 salarios mínimos para que la persona se inscriba en el Registro Único del Contribuyente (RUC). Eso significa que los que ganan un promedio de tres salarios mínimos al mes, aún no tienen la obligación de guardar sus facturas ni de llevar un registro contable, pues recién cerca de fin de año llegarán al rango de incidencia, explica el jefe de Normas Tributarias de la SET, Luis Roberto Martínez.

“Por ejemplo, si una persona llega en octubre (G. 76.052.322), y luego en noviembre y diciembre gana otros G. 15.000.000, hará su liquidación sobre esos últimos ingresos, no sobre todo lo del año”, explica.

Añadió que desde el día siguiente de la inscripción el contribuyente tiene la obligación de documentar los ingresos y egresos, y las facturas de compra tienen que llevar nombre y RUC para que se puedan deducir.

Es por ello que el contribuyente se ve obligado a solicitar factura de todos los gastos que hace, a fin de no pagar impuestos de más. Martínez explicó que desde sus inicios el espíritu del IRP fue la formalización de la economía, pues al exigir facturas se garantiza el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

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Aclaró que los que ganan entre tres y diez salarios mínimos mensuales pagan 8% de IRP, en tanto que los que ganan más pagan el 10%. También detalló que uno de los pocos gastos indeducibles a la hora de calcular el Impuesto a la Renta Personal son los de recreación y esparcimiento que se hacen en el extranjero, como tours, hoteles, comida, etc. 

Cuando el contribuyente no registra para el IRP, pero se detecta que ya llegó al rango de incidencia, la SET lo hace de oficio. Si bien tienen la obligación de inscribirse, también las empresas públicas y privadas están obligadas a comunicar a la Subsecretaría cuánto ganan sus empleados.

Para los prestadores de servicios y pequeños contribuyentes, la SET tiene acceso a las declaraciones juradas del IVA. Igualmente, hay un control cruzado en caso de que una persona cuente con varios ingresos, detalló Luis Roberto Martínez.

Se puede iniciar el trámite a través de la página web www.set.gov.py o bien se pueden acercar a las oficinas de la SET. En cualquier caso, el contribuyente tendrá que participar de una charla instructiva, explica Martínez.

Si la persona ya es contribuyente, para registrarse en IRP simplemente puede actualizar los datos directamente desde la plataforma online Marangatu. Asimismo, desde el 2018 es obligatorio el uso del programa Aranduka para la liquidación del Impuesto a la Renta Personal. Es un software de un libro de ingresos y egresos que se instala en cualquier computadora.

La SET informa que en el 2018 se incorporaron 23.115 contribuyentes de IRP y hasta el 26 de diciembre se tiene registrado a 86.185.

Si bien la Ley que crea el IRP es del 2004, el Impuesto entró en vigencia en el 2012 y regía para aquellos que ganaban en promedio diez salarios mínimos mensuales. Su implementación fue gradual, bajando un salario mínimo por año hasta llegar finalmente a la meta de tres para el 2019.

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