Piden fallo sobre amparo

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La representación legal de la periodista Mabel Rehnfeldt, urgió al Juzgado Penal de Garantías, que se expida sobre el amparo promovido por la comunicadora contra el Comando de las Fuerzas Militares, sobre acceso a la información pública.

El abogado Ezequiel Santagada, abogado de la periodista solicitó que se dicte sentencia tras haber transcurrido los tres días posteriores al emplazamientodel juez penal de Garantías, Alcides Corbeta, sobre los motivos por los cuales el Comando de las Fuerzas Militares, se negó a dar a conocer la foja de servicio de su actual comandante.

El pedido coincide además con la respuesta del Gral Luis Garcete Gonzaga, al amparo promovido por la periodista, en la que apeló a llamativas excusas a fin de no dar una respuesta concreta al planteamiento, alegando supuesta persecución y hasta ensañamiento con su persona. Al tiempo de deslegitimar el recurso de amparo como vía para acceder a la información solicitada por la recurrente.

Teniendo en cuenta el final del plazo y la respuesta del alto oficial, Santagada asegura en su escrito, que el Gral Gonzaga Garcete no es considerado como una fuente pública de información, sino la Comandancia de las Fuerzas Militares como institución. “Si bien la información pública que se requirió se refiere a la labor desplegada por el Gral. Garcete Espínola al servicio de la Nación, no debería ser él el custodio de su foja de servicio, sino la institución que él comanda”, refiere la consideración del especialista en acceso a la información.

Según el abogado, el descargo del cuestionado jefe militar “por derecho propio”, le resta legitimidad pasiva para evacuar el informe y “ha dejado en estado de indefensión jurídica por motivos personales a la institución por cuyos intereses debe velar”. El abogado califica de ilegal y hasta absurdo el planteamiento de la defensa del uniformado, sobre la naturaleza de los datos a los que pretendía acceder la trabajadora de prensa.

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Por principio es información pública “Aquella producida, obtenida, bajo control o en poder de las fuentes públicas, independientemente de su formato, soporte, fecha de creación, origen, clasificación o procesamiento, salvo que se encuentre establecida como secreta o de carácter reservado por las leyes” “Lo cual, como se argumentó detalladamente en el escrito de inicio, no es el caso de la foja de servicio del Gral. Garcete Espínola.

El objeto del pedido es a los efectos de conocer que servicios ha prestado Gonzaga Garcete, al Estado con recursos del propio Estado y en atención a los antecedentes se solicita la sentencia sin más trámites.