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Como primer punto, el legislador propone derogar la Ley 1.037/93, que había servido de respaldo legal para la privatización (en 1997) de la vetusta empresa estatal. Actualmente, es explotada la empresa brasileña “Vetorial”.
El proyecto autoriza al Poder Ejecutivo a evaluar -a través del Ministerio de Industria y Comercio- los niveles de depreciación por el uso, desgaste, deterioro u obsolescencia en la siderúrgica, de modo a cuantificar la inversión necesaria para que la fábrica "se adapte a los rigores de alta producción”, armonizados con la defensa del medio ambiente.
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Igualmente, autoriza al Ejecutivo nacional a establecer -a través del Ministerio de Hacienda- los mecanismos contables de evaluación y certificación de la inversión de modo a definir el patrimonio resultante de este proceso.
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Asimismo, encomienda a la Procuraduría General de la República y a la Contraloría General de la República practicar el corte administrativo y cierre de los estados contables y la verificación del patrimonio inventariando los activos y pasivos.
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Por otro parte, permite al Gobierno central a poner en marcha, a través de las normativas existentes y organismos del Estado competentes, los mecanismos, a fin de que en base a la Ley Nº 5.102/13, de promoción de inversión en infraestructura pública, y la Ley 1.668/00, de concesión de obras y servicios públicos, para que empresas nacionales e internacionales de "calificada trayectoria" participen en un proceso de evaluación y adjudicando del usufructo rentado, por el término máximo de 30 años.
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Finalmente, concede al Poder Ejecutivo la potestad de nombrar al interventor del planta siderúrgica y que a partir de la vigencia de la ley proyectada Acepar adquiera la denominación de Aceros Occidental.