Hace exactamente tres años, el 23 de mayo de 2023, el entonces diputado cartista y senador electo Erico Galeano Segovia se declaraba inimputable y calificaba de “persecución política inmisericorde” la imputación formulada días antes en su contra (19 de mayo de 2023), por los supuestos delitos de lavado de dinero fruto del narcotráfico y asociación criminal, en el marco de la investigación A Ultranza.
A casi 36 meses de aquellas declaraciones, desde este miércoles 20 de mayo el ahora exparlamentario colorado cumple prisión preventiva en el Centro Nacional de Prevenidos (ex-Tacumbú), por orden del Tribunal de Sentencia Especializado en Crimen Organizado, integrado por los jueces Pablino Barreto (presidente), Inés Galarza y Juan Dávalos; que el martes 19 atendió el pedido de los fiscales Deny Yoon Pak y Silvio Corbeta, revocó la libertad ambulatoria de Galeano y dictó su prisión preventiva.
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Ahora los abogados Luis Almada y Ricardo Estigarribia, defensores del condenado por sus vínculos con el esquema narco desbaratado con la Operación A Ultranza Py, aguardan que la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia haga lugar al recurso extraordinario de casación que plantearon el martes 12 de mayo, anule la condena a 13 años de cárcel y dicte, de manera directa, el sobreseimiento definitivo del exlegislador.
En paralelo, la defensa de Galeano promovió también una acción de inconstitucionalidad, solicitando a la Sala Constitucional del máximo tribunal que anule los fallos de primera y segunda sean anuladas y queden “sin valor alguno”, con el argumento que la sentencia condenatoria contiene al menos seis violaciones contra la Carta Magna.
MP probó que Erico Galeano blanqueó dinero narco
El 14 de octubre de 2020 el entonces diputado cartista Erico Galeano Segovia firmó un contrato de compraventa con Hugo Manuel González Ramos sobre una vivienda ubicada en el condominio Aqua Village, distrito de Altos (Cordillera), por la suma de US$ 1.000.000 que el legislador cobró en el acto y en efectivo, utilizando incluso un contador de billetes, según lo relatado en el juicio oral por la escribana pública Olga Graciela Peralta Santacruz.
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Sin embargo, según lo probado por el Ministerio Público (MP) en el juicio, el verdadero comprador del inmueble que Erico Galeano adquirió el 8 de febrero de 2013 por la suma de US$ 210.599, fue el presunto narcotraficante Miguel Ángel “Tío Rico” Insfrán Galeano, quien utilizó como testaferro a Hugo González Ramos, prófugo de la Justicia en el caso A Ultranza, en atención a que éste no tenía la capacidad económica para realizar dicha adquisición.
Para el Tribunal de Sentencia Especializado en Crimen Organizado, que el 4 de marzo de este año condenó a 13 años de cárcel a Erico Galeano Segovia a través de la Sentencia Definitiva N.° 68, los fiscales Deny Yoon Pak y Silvio Corbeta Dinamarca demostraron que, pese a que el entonces diputado poseía cuentas tanto en dólares como en guaraníes, el dinero recibido en efectivo (US$ 1.000.000) de parte de Hugo González Ramos no fue depositado en la cuenta en dólares, ni consta operación formal alguna de cambio de divisas por ese monto.
Por el contrario, los fondos fueron introducidos de manera fraccionada en una cuenta de moneda local. “La ausencia de operación cambiaria formal para una venta en dólares, combinada con depósitos en guaraníes, sugiere incongruencia deliberada. Esa incongruencia es típicamente compatible con fondos de origen ilícito”, destaca parte del fallo condenatorio.
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El Tribunal de Sentencia agrega que tanto la escribana Olga Graciela Peralta y la factura expedida por el acusado certifican que el precio fue US$ 1.000.000, entregado en el acto, en presencia del vendedor y comprador; y que una operación de esa magnitud, en efectivo y con conteo mecánico, es un “patrón objetivamente típico de dinero no bancarizado y de evitación deliberada de trazabilidad.”
Erico facilitó su avión a criminales de A Ultranza
En la ratificación de la condena a Erico Galeano Segovia, mediante el Acuerdo y Sentencia N° 10 del 4 de mayo de 2026 dictada por los camaristas Paublino Escobar (preopinante), Arnulfo Arias y Camilo Torres, el tribunal de alzada resalta que “la defensa confunde causalidad con dolo”, y que la causalidad, como nexo objetivo entre la conducta y el resultado, quedó establecida al probarse que el ahora exsenador colorado facilitó su aeronave en más de cinco oportunidades a la organización de Sebastián Marset y Miguel Insfrán, precisamente cuando ésta se encontraba desprovista de medios aéreos tras el procedimiento en Arrayán.
En su voto el camarista Arnulfo Arias resaltó que el dolo, aspecto subjetivo del tipo, fue analizado por el Tribunal desde el plano intelectual y volitivo: se valoró la condición de comerciante y contador del acusado, su capacidad de comprender operaciones inusuales, la utilización de contrato privado con pago en efectivo para eludir reportes notariales, y los testimonios de Diego Quiroz, Freddys Garcete y Alfredo Gómez Paiva que describieron la mecánica de coordinación previa e información posterior al propietario.
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En cuanto a las inconsistencias horarias que refirió como agravio la defensa de Erico Galeano, el camarista dijo que “el propio A quo reconoció divergencias horarias en algunos registros, pero explicó fundadamente que tales inconsistencias no destruyen el hecho central: la aeronave ZP-BHQ, de propiedad de Alpina S.A., realizó vuelos con Marset y Chávez el 30/12/2020 y en otras fechas entre noviembre-diciembre 2020. Coinciden aeronave, piloto, ruta y pasajeros”.
Y también, sobre la “reproducción de la tesis fiscal” y las “fórmulas genéricas” que manifestó la defensa, Arias indicó “que el Tribunal haya acogido la hipótesis del Ministerio Público no implica ausencia de motivación. Acoger una teoría del caso significa que, tras el contradictorio, esa versión fue la que alcanzó el estándar de certeza más allá de toda duda razonable. La sentencia no utiliza ‘sabía con seguridad’ como muletilla vacía, sino como conclusión precedida del análisis de todas las pruebas ya sean directa e indiciaria.”
Brindó soporte para que cartel de Marset siga operando
Volviendo a la Sentencia Definitiva N.° 68 del 4 de marzo de 2026, que condenó a 13 años de cárcel a Erico Galeano Segovia, por lavado de dinero fruto del narcotráfico y asociación criminal en el marco del caso A Ultranza Py; para el Tribunal Especializado en Crimen Organizado quedó probado que el entonces parlamentario brindó apoyo logístico al grupo criminal que lideraban el uruguayo Sebastián Enrique Marset Cabrera y Miguel Ángel “Tío Rico” Insfrán Galeano.
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Dicho soporte se dio con la provisión de la aeronave con matrícula ZP-BHQ para que el esquema dedicado al narcotráfico internacional pueda mantener capacidad de desplazamiento aéreo dentro del país, durante el 2020, según el fallo dictado por los jueces Inés Galarza Careaga, Pablino Barreto (presidente del tribunal) y Juan Dávalos Bogarín.
La sentencia detalla que el grupo criminal fue privado de su propia flota aérea tras la incautación de aeronaves que eran propiedad de Tío Rico, el 8 de octubre de 2020 en el aeródromo Arrayán, en el marco de una investigación que estaba a cargo del agente fiscal Marcelo Pecci (asesinado en Colombia el 10 de mayo de 2022).
La coincidencia temporal entre la pérdida de la flota aérea del grupo criminal y la utilización de la aeronave de Erico Galeano, así como la identidad de los pasajeros transportados, permitieron al tribunal concluir que la conducta del legislador colorado respondió a una finalidad concreta, que es el apoyo logístico para favorecer la continuidad operativa del grupo criminal, de acuerdo con lo que resalta parte del fallo de primera instancia.
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Deportivo Capiatá fue usado para lavado del dinero narco
En el fallo condenatorio el Tribunal de Sentencia Especializado en Crimen Organizado resalta que durante la investigación de la presente causa se identificó que parte del esquema de lavado de activos establecido por el presunto narco Sebastián Marset, se desarrolló en el ámbito deportivo, donde figura el Club Deportivo Capiatá, cuyo presidente fue Erico Galeano, quien a su vez es el propietario del estadio de fútbol que utiliza dicha institución.
Con respecto a la firma Total Cars, un emprendimiento comercial creado por el uruguayo Sebastián Marset Cabrera con la finalidad de legitimar las ganancias que provienen del narcotráfico internacional, la sentencia resalta que la marca fue sponsor de los clubes Deportivo Capiatá y Rubio Ñu.
De hecho, en la camiseta de esta última institución el logo de la referida empresa fue incluido por debajo de la publicidad de la firma Alpina SA, que es una empresa del ahora exsenador colorado condenado a 13 años de cárcel, Erico Galeano Segovia.
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La vinculación entre Erico Galeano y Sebastián Enrique Marset Cabrera, quien se desempeñó como jugador del Club Deportivo Capiatá en la misma época en que la empresa Total Cars, propiedad de su señora Gianina García Troche, figuraba como auspiciante del club, no puede ser considerada como fortuita ni desconocida, sino que se inscribe dentro de una relación previa y prolongada en el tiempo, según resaltó el Tribunal de Sentencia.
Coincidió con Marset en en Deportivo Capiatá
El uruguayo Marset fue fichado como jugador aficionado del Deportivo Capiatá, conforme a lo establecido por estatutos del club y en cumplimiento del reglamento de la Asociación Paraguaya de Fútbol, que permite a jugadores aficionados participar en competiciones oficiales, según declaró en el juicio el exdirigente Óscar Barreto.
Marset estuvo un periodo muy corto en el club de fútbol, desde el 6 de abril de 2021 hasta el 29 de mayo de 2021. El jugador nunca tuvo contrato con el club, debido a que nunca se apersonó en las oficinas administrativas de la institución.