Añadió que varios de los problemas de millonarios beneficios se originan en que los administradores de turno de los entes estatales son “juez y parte” a la hora de establecerse contratos colectivos.
Además, dijo que no existe una ley que regule los contratos y más bien son regulados por la voluntad popular; en ese contexto, insistió en que los administradores no pueden firmar contratos colectivos. “Una de las características del contrato colectivo, por ejemplo, de la ANDE es que no tiene fecha de finalización, fue firmado para toda la eternidad, parece. Las demás empresas tienen caducidad cada tres años”, indicó.