Reclamo a Ministerio Público es ante Tribunal de Cuentas

El Tribunal de Cuentas deberá expedirse sobre la viabilidad de un reclamo resarcitorio promovido contra el Ministerio Público, resolvió el Tribunal de Apelación en lo civil y comercial, 3ª sala.

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Así lo decidieron los camaristas Mercedes Buongermini, Arnaldo Martínez Prieto y María Sol Zuccolillo Garay, que anularon todas las actuaciones realizadas en la causa, tramitada ante el juzgado en lo civil y comercial del 15º turno.

La acción fue promovida por Graciela Riveros Vda. de Lataza, en reclamo de indemnización por la trágica muerte de su esposo Pablo de la Cruz Lataza, funcionario del departamento de Servicios Generales del Ministerio Público, fallecido durante un accidente de tránsito.

La acción refiere que Lataza fue comisionado a realizar trabajos de pintura en la fiscalía zonal de Curuguaty y cuando se dirigía a cumplir su cometido, se produjo el accidente a raíz del exceso de carga del vehículo.

“(...) aquí, al haber acumulación de pretensiones, una de las cuales es decididamente contractual, entendemos que la cuestión se torna anodina y que el tenor contractual de la acción es el que debe primar en el análisis de la competencia. Así entonces, se ve que la relación en cuyo marco habrían surgido los daños que se lamentan es de talente administrativo, regida por las normas especiales de esta materia y por el derecho laboral. Es claro pues, que la jurisdicción civil y comercial no es competente en dicha materia”, concluye la camarista Buongermini.

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