Mediante la presentación ante la Corte Suprema de Justicia de un Amicus Curiae -análisis jurídico de un caso- Codehupy advierte que en el sumario contra la abogada y defensora de derechos humanos Leticia Almada Paoli podría generarse “un antecedente negativo en el orden institucional de la República”, específicamente en relación a la libertad de expresión.
Almada Paoli enfrenta un sumario mediante el cual se pretende la casación de su matrícula profesional a raíz de una denuncia de la jueza Gloria Elizabeth Benítez Ramírez. En la denuncia se sostiene que la abogada supuestamente realizó críticas sobre la corrupción en el Poder Judicial y/o contra agentes de justicia y esto ofendió a la magistrada.
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La Codehupy observa, además, numerosos hechos que no pueden pasar desapercibidos, como el hecho de que la denuncia que da inicio al sumario ni siquiera cuenta con una firma, aclaración o número de cédula de identidad, requerimientos obligatorios en un documento de este tipo, con lo cual el origen del sumario es irregular.
Además, se observa que Almada Paoli patrocinó tiempo antes una denuncia de familias campesinas de la colonia Barbero Cué contra la magistrada ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), por presunto mal desempeño en sus funciones en el marco de acciones judiciales impulsadas por los campesinos para recuperar poco más de 17.000 hectáreas que fueron donadas al Estado paraguayo por el Estado Italiano.
Esta situación, señala el documento presentado, podría haber generado animosidad entre las partes e incluso podría haber motivado la denuncia que posteriormente hace la jueza. También en se dejó constancia de que Almada Paoli se encontraba en el juzgado de Benítez Ramírez para reclamar que un expediente de la causa Barbero Cué que ya había sido resuelto se encontraba de forma irregular en la secretaría de ese juzgado.
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“El caso en cuestión supera el interés individual de las partes, y se convierte en una razón de interés público, sobre la base de que la protección de los derechos fundamentales, y la libertad de defenderlos, así como la capacidad de los ciudadanos de criticar a sus autoridades, y en especial al sistema de justicia, que no debe ser cercenado bajo la aplicación de un régimen disciplinario, ya que estos derechos son superiores a cualquier reglamentación interna, o regulación de ejercicio profesional”, argumentó la Codehupy en el Amicus Curiae.
Además, recordó que las autoridades públicas están sujetas a un mayor escrutinio de la sociedad en relación a particulares. En ese sentido, la Codehupy señaló que, por sus funciones al servicio de la sociedad, las autoridades están más expuestas a una valoración sobre sus funciones o el ámbito en el que se desenvuelven.
Por todo lo expuesto, es importante que el Estado paraguayo evite cualquier medida que limite o censure las actividades de las personas defensoras de derechos humanos, como lo es la abogada Leticia Almada Paoli, puntualiza la organización de derechos humanos.
