La “caída de la actividad económica interna” ya no será uno de los requisitos para activar la cláusula de escape que permite superar el tope de déficit fiscal de 1,5% del PIB, establecida en la Ley N° 5098 de Responsabilidad Fiscal. La referida ley vigente dispone en su artículo 11, excepciones, que “en caso de emergencia nacional, crisis internacional que pueda afectar seriamente la economía local o una caída de la actividad económica interna, a solicitud del Poder Ejecutivo, el Congreso de la Nación podrá suspender por el año fiscal correspondiente la aplicación los numerales 1 y 2 del artículo 7º y el artículo 9º de la presente ley. En ningún caso, el déficit podrá exceder el 3% del PIB”. Esta condición de caída de la economía y la crisis de los países vecinos fueron algunos de los argumentos utilizados por el Ejecutivo para solicitar el año pasado al Parlamento la autorización para cerrar el ejercicio con un saldo rojo por encima del límite fijado.
Justamente, otro punto que se plantea es no tener que pasar por el Congreso para esa autorización, sino que se tengan condiciones específicas y que el Ejecutivo decida discrecionalmente si usa el “escape”.
De acuerdo con los datos del Banco Central, en el primer trimestre la actividad económica cayó 2,5% y en el segundo 3,2%, pero en el tercero se recuperó con un 2,8% de crecimiento (ver infografía). Los datos al cierre del cuarto trimestre de 2019 se darán en marzo, pero en principio la proyección de la banca matriz es que la economía cerraría en 0,2%. Para este año se estima un crecimiento de 4,1%.
El Gobierno señaló al Legislativo la necesidad de mantener el ritmo de las inversiones para reactivar la economía que había entrado en recesión e iniciar un 2020 con mayor fuerza para la recuperación, con lo que tras la autorización inyectó más recursos en obras públicas en el último tramo y las finanzas terminaron con déficit de 2,8% del PIB, que se cubre con endeudamiento.
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El proyecto de modificación de la LRF establece en qué casos se podrá superar el déficit y al eliminar la condición de caída de la economía, se apunta a flexibilizar, ya que la idea del Ejecutivo es decidir sobre el nivel del saldo rojo sin necesidad de una ley especial.
Se apunta, según adelantó el último jueves el viceministro de Economía, Humberto Colmán, a incluir una nueva condición: si la proyección de crecimiento del año es inferior al 50% al promedio de los últimos años, el déficit podrá ir hasta 3%. Indicó que la caída de la actividad económica se entiende como variación negativa, por lo que en la aplicación de la cláusula de escape hubo dificultades en 2019, porque esos datos recién se tuvo a mediados del año. Se busca una redacción más precisa, donde el Congreso decida una regla general y se pueda aplicar una política contracíclica, dijo.
Por noveno año consecutivo
Este año el gobierno central cerrará el ejercicio con déficit fiscal por noveno año consecutivo. Desde el Ministerio de Hacienda reconocen que existe riesgo de que, como sucedió en 2019, de que supere el tope de 1,5% del PIB establecido en la Ley de Responsabilidad Fiscal. Análisis del sector privado en sus proyecciones efectuadas en estos dos primeros meses del año apuntan a que el saldo rojo será superior a 2%.
