El viceministro de Mipymes, Isaac Godoy, informó que las mipymes que no hayan sido beneficiadas con exoneraciones del pago de facturas, independientemente del nivel de tensión, certificados por el MIC podrán pagar sus facturas de los meses de marzo, abril, mayo y junio, financiadas hasta en 18 cuotas, sin recargos ni intereses, a partir de la factura emitida en el mes de julio de 2020.
Conforme a los establecido en la Ley 4457/12 de Mipymes serán beneficiadas las que se encuentren registradas en la Subsecretaria de Estado de Tributación con el RUC, en el Instituto de Previsión Social y el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y ANDE.
Las mipymes que deseen acogerse a estos beneficios podrán registrarse en un formulario electrónico, disponible en la plataforma web del MIC. que tendrá estatus de declaración jurada.
Podrán registrar más de un establecimiento que se encuentre a nombre de la empresa en las entidades de referencia. El MIC comunicará a la ANDE la base de datos que se creó, en formato digital e impreso, para generar el beneficio correspondiente.
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Los interesados encontrarán en la página web del MIC un video instructivo para la correcta carga de datos en el Registro Simplificado, o pueden comunicarse con Vicente Martínez al correo vicente.martinez@mic.gov.py.