La cesión de acciones no paga el IVA

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La enajenación de acciones o cuotas parte de sociedades están exoneradas del impuesto al valor agregado (IVA) y, por lo tanto, no es obligatorio informar a la administración tributaria la cesión de ellas.

Así lo señala un informe que dio a conocer la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) del Ministerio de Hacienda, para aclarar disposiciones que están en vigencia con la Ley N° 5061/13 y del Decreto N° 1030/13.

“Conforme aclara el artículo 34 de la Resolución General N° 24/2014, la cesión de cuotas parte y de acciones de sociedades, cuando el cedente sea contribuyente del IVA deberá consignar el precio de venta en la columna exenta del comprobante de venta respectivo. Si el cedente no es contribuyente del IVA o no se encuentre inscripto en el RUC, el cesionario deberá emitir una autofactura”, indica el informe.

Añade que de esta forma la administración tributaria precisa las disposiciones que permitirán simplificar los procesos tendientes a facilitar el cumplimiento tributario de los contribuyentes de todo el país.

Renta personal

Por otro lado, la SET realizará esta mañana una jornada de capacitación sobre el impuesto a la renta personal (IRP), desde las 09:00 en el Centro de Capacitación Tributaria, ubicado en Yegros y Eligio Ayala.

El curso está dirigido a la ciudadanía en general, teniendo en cuenta que desde este año el rango no incidido del impuesto a la renta personal se reduce a 84 salarios mínimos, que equivale a 153.220.620 guaraníes.

Las personas físicas que tengan un ingreso igual o superior a este referido monto pasarán a ser contribuyentes del citado impuesto y deberán inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) de la SET, dentro de los 30 días, contados desde el día siguiente en que sus rentas alcanzaron la suma señalada.