La Ley 1535/1999 “De administración financiera del Estado” y la 2051/2003 “De contrataciones públicas” son claras al respecto. Establece que se deberá contar con disponibilidad de créditos presupuestarios, para hacer llamados para contrataciones, hecho que obligó a la estatal a declarar desierta las convocatorias anteriores.
Llamativamente, los responsables de la ANDE no evaluaron el “anteproyecto” Nippon Koei, a pesar de que se trata de una obra faraónica, que debido a su costo demostró que era irrealizable. Debe consignarse que esta labor es parte de la responsabilidad administrativa de sus planificadores, o sea, examinar opciones de menor riesgo y por ende más económicas.
¿Qué sentido tiene continuar con este proceso y volver a declararlo desierto por las mismas razones? Entretanto, el costo de la obra continúa trepando e incluso seguirían esfumándose los dólares del préstamo para financiar la obra. ¿Acaso están buscando “amañar” la licitación?