Ley obliga a declarar desierta la licitación

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Sin que haya un proyecto ejecutivo, en el transcurso de cuatro años la ANDE licitó tres veces las obras del Yguazú en base al “anteproyecto” de la Nippon Koei. En todas esas oportunidades, las ofertas indicaron que los fondos disponibles resultarían insuficientes para ejecutar las obras.

La Ley 1535/1999 “De administración financiera del Estado” y la 2051/2003 “De contrataciones públicas” son claras al respecto. Establece que se deberá contar con disponibilidad de créditos presupuestarios, para hacer llamados para contrataciones, hecho que obligó a la estatal a declarar desierta las convocatorias anteriores.

Llamativamente, los responsables de la ANDE no evaluaron el “anteproyecto” Nippon Koei, a pesar de que se trata de una obra faraónica, que debido a su costo demostró que era irrealizable. Debe consignarse que esta labor es parte de la responsabilidad administrativa de sus planificadores, o sea, examinar opciones de menor riesgo y por ende más económicas.

¿Qué sentido tiene continuar con este proceso y volver a declararlo desierto por las mismas razones? Entretanto, el costo de la obra continúa trepando e incluso seguirían esfumándose los dólares del préstamo para financiar la obra. ¿Acaso están buscando “amañar” la licitación?