Justicia complaciente

La maquinaria de corrupción que inficiona la Justicia en nuestro país nos recuerda, cada día, lo lejos que estamos de un Estado de derecho. Lo menos importante es la vigencia de la ley o el combate a las prácticas corruptas, principalmente provenientes de la política. La gran mayoría de fiscales y jueces deben sus cargos a algún político. Ya cuando presentan su postulación ante el Consejo de la Magistratura recurren a políticos corruptos que les presten su “chapa” y así logren los votos para integrar ternas como sus “caballos”. Luego viene la etapa ante la Corte Suprema de Justicia, donde como se vio en la última elección de presidente y fue denunciado por uno de los ministros, los criterios son igualmente definidos por la política partidaria. Los ministros responden a grupos políticos que les marcan la agenda, por lo cual, al seleccionar a uno de los ternados para juez, fiscal o defensor, consultan a sus padrinos.

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La maquinaria de corrupción que inficiona la Justicia en nuestro país nos recuerda, cada día, lo lejos que estamos de un Estado de derecho. Lo menos importante es la vigencia de la ley o el combate a las prácticas corruptas, principalmente provenientes de la política.

La gran mayoría de fiscales y jueces deben sus cargos a algún político de la zona, quienes son administradores fácticos de la circunscripción judicial donde cumplen sus funciones. Ya cuando presentan su postulación ante el Consejo de la Magistratura recurren a políticos corruptos que les presten su “chapa” y así logren los votos para integrar ternas como sus “caballos”. Luego viene la etapa ante la Corte Suprema de Justicia, donde como se vio en la última elección de presidente y fue denunciado por uno de los ministros, los criterios son igualmente definidos por la política partidaria. Los ministros responden a grupos políticos que les marcan agenda, por lo cual, al seleccionar a uno de los ternados para juez, fiscal o defensor, consultan a sus padrinos.

Por eso, cuando deben aplicar la ley en un caso, antes que hacerlo con los parámetros de equidad y justicia, verifican si los justiciables pueden poner en riesgo sus cargos. De no ser así, analizan qué ventaja podrían sacar del caso, e incluso llegan al punto de esquilmar a ambas partes si se puede.

El sistema penal que rige en el Paraguay tiene como objetivo el juzgamiento público de las personas que sean acusadas por el Ministerio Público (Artículo 17 de la Carta Magna). Esta garantía prevista para quien es procesado, es al mismo tiempo una forma de permitir el control de las actuaciones de los jueces por parte de la sociedad. Los casos de corrupción son los que más observación del pueblo necesitan, pues el engranaje del sistema judicial delincuencial se aprovecha del anonimato y el tráfico de influencias.

Recientemente, uno de los casos más emblemáticos, presentado por el Ministerio Público como típico de corrupción, donde se desvió dinero de la Municipalidad de Ciudad del Este por parte de los esposos Javier Zacarías Irún y Sandra McLeod, recibió el certificado de defunción definitivo por parte de dos miembros del Tribunal de Apelación.

Ya la jueza Cinthia Garcete Urunaga había dictado el sobreseimiento definitivo de los acusados con argumentos disparatados, como la aprobación de cuentas de parte del Tribunal de Cuentas, y la supuesta falta de descripción de las conductas de los acusados. Es decir, atribuyó a los fiscales una conducta negligente para justificar su blanqueo.

Ninguno de estos argumentos es admisible. El análisis del Tribunal de Cuentas, totalmente obsoleto, nada tiene que ver con conductas ilícitas que pudieron haber cometido los administradores. La generalidad de una acusación, si existiere, debe ser subsanada en la misma audiencia preliminar a cargo de la jueza.

Estos argumentos falaces fueron utilizados por dos de los tres miembros de la Cámara de Apelación, las juezas Juliana Giménez Portillo y Miriam Meza de López, en contra de la opinión del camarista Pedro Orrego. Este último asumió con valentía la posición de evidenciar la cocinada de la jueza Garcete y sus colegas del tribunal de apelación.

Lo que hicieron fue atentar contra el sistema de control previsto en la Constitución, al evitar que un caso tan delicado como este sea debatido en un juicio oral y público. De esta forma, impiden que un caso presentado por el Ministerio Público como de corrupción, sea llevado a consideración de un tribunal de sentencia. Es este órgano el que tiene la competencia para decidir sobre la culpabilidad o inocencia de los acusados y si la prueba presentada por la fiscalía es suficiente o no.

El comportamiento de estos jueces debería ser revisado por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y por la Corte Suprema de Justicia, pues los argumentos invocados para truncar un juicio público parecen más bien engranajes aceitados del esquema de corrupción que ostenta la justicia paraguaya, complaciente con los poderosos e implacable con los comunes.

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