La condena contra Sanabria por lesión corporal en el ejercicio de funciones públicas fue ratificada en mayoría por los magistrados Carlos Ortiz Barrios y Emiliano Rolón. El tercer camarista, Arnulfo Arias, votó por la nulidad del fallo.
“En el presente caso, se repite el mismo vicio, pues ninguna de las partes ha ofrecido prueba alguna en la sustanciación de la audiencia (...) resultando la pena, consecuencia de una audiencia –no de un juicio– en la que el Tribunal no ha exigido a las partes la presentación de pruebas ni fueron ofrecidas por estas y menos producidas las necesarias para justificar la sanción, imponiendo la pena sin estimar prueba alguna, reincidiendo en la insuficiencia que dio origen a la nulidad parcial del fallo”, argumentó Arias.
En un primer juicio, Sanabria fue sentenciado a 12 años de cárcel.
Condena por abuso
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Sanabria tiene una condena anterior por abuso sexual y violación, de 2 años de cárcel, con suspensión a prueba de la condena. Este fallo fue dictado por el juzgado de garantías de San Lorenzo, 2° turno, el 23 de marzo del 2018.
