Poder Judicial garantiza servicios durante aislamiento por covid-19

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El presidente de la Corte Suprema de Justicia, Alberto Martínez Simón, y el ministro Luis María Benítez Riera realizaron la semana pasada un recorrido de verificación de las medidas sanitarias y de seguridad ante el covid-19.
El presidente de la Corte Suprema de Justicia, Alberto Martínez Simón, y el ministro Luis María Benítez Riera realizaron la semana pasada un recorrido de verificación de las medidas sanitarias y de seguridad ante el covid-19.

Los servicios básicos previstos en la Acordada 1366/20 se mantendrán durante el aislamiento preventivo, previsto en principio hasta este sábado 28 de marzo para evitar la propagación del coronavirus en el país.

Atendiendo la medida adoptada por el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud Pública, de extender la emergencia sanitaria por el peligro de expansión del coronavirus, la Corte Suprema de Justicia resolvió también ampliar la suspensión de las actividades y mantener los servicios básicos, por constituir las prestaciones mínimas que se no pueden descontinuar.

En el transcurso de esta semana, el pleno de la máxima instancia judicial analizará las determinaciones necesarias para la adecuación de los servicios, que serán debidamente comunicadas.

Servicios garantizados

La Acordada 1366/20 establece que dos Juzgados de Garantías y Atención Permanente atenderán solo las audiencias de imposición y de revisión de medidas cautelares, así como órdenes de allanamiento, secuestro y anticipo jurisdiccional de pruebas. Por su parte, el máximo tribunal de la República atenderá habeas corpus y otras cuestiones consideradas urgentes.

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Los juicios orales ya iniciados, como del caso “coquitos de oro”, continuarán hasta su finalización y se iniciarán únicamente aquellos que tienen peligro de extinción hasta el mes de abril. Estas audiencias se harán a puertas cerradas con una mínima cantidad de personas, según la resolución.

La acordada dispone además que los juzgados de la Niñez y Adolescencia resolverán venias para viajar y medidas cautelares de urgencias, así como restituciones y casos de maltrato.

Para la prestación de todos estos servicios, los magistrados deben utilizar la cantidad mínima e indispensable de funcionarios, debiendo prescindir de aquellos que no sean estrictamente necesarios.

Servicios suspendidos

Por decisión de la CSJ, todas las actividades en los fueros civil y comercial, laboral y Tribunal de Cuentas están suspendidas.

Ingreso prohibido a funcionarios

El ingreso a las sedes judiciales de todo el país está terminantemente prohibido a todos los funcionarios y magistrados que no estén habilitados para prestar servicios durante el periodo de emergencia sanitaria, como lo establece el artículo 27 de la acordada que fue aprobada por el pleno de la Corte Suprema de Justicia.