Confirman a jueza que violó la ley para favorecer a narco

La Corte Suprema confirmó en la plenaria de ayer a la jueza de Ciudad del Este, Graciela Flores, quien tiene cuatro denuncias ante el Jurado de Enjuiciamiento, una de ellas presentada por la propia máxima instancia judicial por favorecer a un procesado por tráfico de cocaína. Los ministros ignoraron los pésimos antecedentes de la magistrada y la ratificaron en el cargo.

https://arc-anglerfish-arc2-prod-abccolor.s3.amazonaws.com/public/B6TXP3SRFRECNHJ5FRT2U2LMTA.jpg

Cargando...

La jueza Flores integró junto a sus colegas Carmen Barrios y Cleto Quintana (destituido por el Jurado) el Tribunal de Sentencia que favoreció con el arresto domiciliario a Damián Álvarez Frutos, procesado por tráfico de cinco kilos de cocaína.

Una auditoría ordenada por la Corte corroboró que los magistrados citados violaron el artículo 245 del Código Procesal Penal.

Ante la gravedad del hecho, los ministros remitieron los antecedentes al Jurado de Enjuiciamiento. Sin embargo, sugestivamente en la plenaria de ayer confirmaron sin cuestionamientos a Flores, que además tiene otras tres denuncias ante el órgano juzgador.

En otro caso, Flores, Barrios y Efrén Giménez condenaron solo a 12 años de cárcel a Nelson Almeida Benítez, acusado por matar a su esposa y dos hijos adolescentes, el 13 de junio de 2010, en el Paraná Country Club. Los familiares de las víctimas criticaron a los jueces, que ignoraron un pedido de 30 años de cárcel que hizo la Fiscalía.

Estos son apenas dos de los numerosos casos cuestionados a la magistrada.

Los ministros de la Corte Gladys Bareiro de Módica y Sindulfo Blanco son los superintendentes de la circunscripción de Alto Paraná y deberían conocer los antecedentes de los magistrados de la referida zona.

Por otro lado, la Corte dejó sin efecto la resolución por la cual dispuso que el juez Marino Méndez interine el juzgado de garantías número 5 de Ciudad del Este, que a partir de ahora será atendido por el magistrado Amílcar Marecos, titular del juzgado de garantías N° 2.

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...