“Es una amenaza abierta para que los magistrados ya no otorguen las medidas cautelares; pero el juez está obligado a conceder cuando se trata de una medida de urgencia, cuando se trata de pacientes delicados y por lo tanto, deben ser atendidos. Luego el IPS debe articular los mecanismos para cobrarle al Estado si es que le causa un perjuicio patrimonial”, refirió Santander.
La Asociación va a defender a sus miembros y los jueces van a seguir defendiendo el derecho a la vida de los pacientes asegurados del IPS, agregó Santander.
Desde el IPS indicaron que las atenciones médicas causan un perjuicio de US$ 1 millón anual.
Inconstitucionalidad de reglamento del IPS
La Corte Suprema de Justicia por Acuerdo y Sentencia Nº 474 del 11 de octubre de 2010, declaró inconstitucional el reglamento del IPS que restringe el servicio de hemodiálisis y trasplante renal. Fue ante una consulta del juez en lo civil Hugo Hernán Morán en un juicio de amparo contra la previsional.
Además, los centros médicos públicos y privados están obligados a atender a cualquier ciudadano, sin restricción, sostuvo la máxima instancia judicial.
La declaración de inconstitucionalidad se decretó en el juicio de amparo caratulado “Daniela Cantero de Romero c/IPS s/amparo”.
Este antecedente de la Corte sirvió para que los jueces concedan los amparos a asegurados del Instituto.
Magistrados denunciados
- Según los datos proporcionados por la Asociación de Magistrados Judiciales, los jueces denunciados ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados por el IPS, por conceder amparos son: Julián López, juez penal de garantías; Graciela Ortiz de Buffa, jueza en lo laboral, y Rosa González, magistrada de la Niñez y Adolescencia.
- El actual camarista en lo laboral Ángel Daniel Cohene fue uno de los primeros en conceder este tipo de amparos, ya en junio de 2002, y mereció amplio destaque en los medios de comunicación.
