1. Competencias y capacidades a ser evidenciadas
En el plan común y en el plan específico se valorará por disciplina y por curso el logro de capacidades nacionales, departamentales e institucionales.
En el tercer curso, además de evidenciar el logro de las capacidades nacionales, departamentales e institucionales, se valorará el logro de las competencias establecidas en el nivel, según énfasis/especialidad.
En el plan optativo, se valorará por disciplina o módulo el logro de las capacidades establecidas a nivel institucional.
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2. Evidencia y estimación de los aprendizajes
La obtención de informaciones que permitan evidenciar los aprendizajes requiere de múltiples procedimientos e instrumentos evaluativos, en diferentes momentos y situaciones, a fin de estimar el logro de capacidades que será comunicado oportunamente a los estudiantes.
En el tercer curso, los aprendizajes referidos a las competencias generales establecidas para el nivel serán evidenciados a través de la ejecución de un proyecto educativo. El proyecto educativo se organizará en tres fases: diseño, implementación y difusión.
El 70 % se referirá a la fase de diseño e implementación del proyecto y el 30 % a la fase de su difusión (presentación oral).
3. Escala de calificación
El nivel de aprendizaje de los estudiantes se expresa por medio de una escala numérica de calificación del 1 (uno) al 5 (cinco).
Conforme a lo establecido en la Resolución n.° 602/2020, «Orientaciones para evaluar el aprendizaje de los estudiantes en los diferentes niveles y modalidades del Sistema Educativo Nacional en tiempos de pandemia»; en el apartado Evaluación del aprendizaje en la Educación Media expresa cuanto sigue:
Evaluación del aprendizaje en la Educación Media
Los resultados intermedios se presentarán de manera cualitativa. Dicho informe debe contemplar tanto los aspectos logrados como aquellos aspectos que deben ser mejor trabajados.
Los resultados finales, al término del año lectivo, se presentarán con la planilla de calificaciones numéricas, tal como se aplica tradicionalmente en estos niveles del sistema educativo nacional. Dichos resultados serán cargados en el Registro Único del Estudiante (RUE). Para la obtención de la calificación final se aplicarán los procedimientos e instrumentos enunciados en la Resolución DGEM n.° 101/2014 (para el Bachillerato Científico) y la Resolución DGEM n.° 3/2019 (para el Bachillerato Técnico).
La rúbrica se presenta a modo de ejemplo con disciplinas del plan común del Bachillerato Científico.
Fuentes: MEC.(2020). Resolución N°602/2020. Orientaciones para evaluar el aprendizaje de los estudiantes en los diferentes niveles y modalidades del Sistema Educativo Nacional en tiempos de pandemia. Asunción.
