Lea más: La biografía
El Primer Congreso Nacional: 1811
El primer Congreso Nacional estableció en Paraguay un gobierno denominado Junta Superior Gubernativa, presidida por Fulgencio Yegros. Esta Junta fue responsable de dos importantes documentos: la nota del 20 de julio de 1811, donde Paraguay comunicaba a la Junta de Buenos Aires que la Provincia del Paraguay se gobernaría por sí misma, y el tratado del 12 de octubre con la misma Junta, donde se firmaba un pacto de amistad y comercio reconociendo la autonomía de la provincia del Paraguay.
El Segundo Congreso Nacional: 1813
En septiembre de 1813 la Junta Superior Gubernativa convocaba al Segundo Congreso Nacional, e iniciaba sus deliberaciones el 30 de septiembre en el Convento de la Merced, en Asunción. Una de las causas principales de esta convocatoria fue la llegada de un emisario del gobierno de Buenos Aires, Nicolás de Herrera, con la misión de que Paraguay envíe diputados a la Asamblea General Constituyente (Asamblea del Año XIII) y, por ende, que se sometiera a los acuerdos de esa Asamblea y que formara el Paraguay parte de las Provincias Unidas del Río de la Plata. Estratégicamente, el Dr. Francia retrasó la respuesta argumentando que la Junta no podía tomar esa decisión. Por ello, se convocó este Segundo Congreso Nacional, en el que participaron, según las fuentes, mil diputados. La respuesta negativa al envío de diputados a Buenos Aires fue unánime. En los siguientes días se establecieron los lineamientos políticos para el Paraguay, y el 12 de octubre de 1813 se consolida el Reglamento de Gobierno, estableciendo para el Paraguay la forma política de República.
El Día de la República
Por ley N.° 6576 del Poder Legislativo se declaró el 12 de octubre como «Día de la Proclamación del Paraguay como República».
Reglamento de gobierno de 1813. Disposiciones generales (Fragmento)
Artículo 1. Continuarán en el Gobierno superior de la provincia solamente los dos ciudadanos, don Fulgencio Yegros y don José Gaspar de Francia, con la denominación de Cónsules de la República del Paraguay (…)
Artículo 2. Usarán por divisa de la dignidad consular el sombrero orlado con una franja azul con la escarapela tricolor de la República (…)
Artículo 3. Su primer cuidado será la conservación, seguridad y defensa de la República con toda la vigilancia, esmero y actividad que exigen las presentes circunstancias.
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Ejercicio de reflexión
Antes de 1813, nuestro territorio en los papeles era una «Provincia», aunque señalaban la independencia con respecto de España y de Buenos Aires. Pero con el reglamento de Gobierno de 1813, el Paraguay pasó a ser una «República».
- Responde de forma breve en tu cuaderno o en los comentarios: ¿Cuál es la diferencia principal entre ser una «Provincia» y una «República» soberana?
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