Baraona efectuó declaraciones en las que aseguraba que el senador Sergio Páez había ejercido presiones e influido para que las autoridades llevaran a cabo la tala ilícita del árbol de alerce, una especie de árbol milenario conservado en Chile.
"Yo expliqué que efectivamente funcionarios estaban permitiendo, avalando que personas explotaran el alerce y generando todo este comercio ilícito. Sí lo dije, pero en el contexto yo señalé que yo pensaba que el senador estaba mal informado y que él creía que estaba ayudando a personas de escasos recursos y cortaban alerce para subsistir", declaró Baraona ante la CorteIDH este lunes.
"Yo dije si él supiera que aquí hay bandas ganando millones y millones de dólares, pensaría de otra forma", agregó el abogado.
Según la demanda interpuesta ante la CorteIDH por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), el proceso penal interpuesto por el senador contra Baraona culminó con la sentencia en 2004 por el delito de “injurias graves”, a 300 días de prisión suspendida, una multa, así como pena accesoria de suspensión de cargos u oficios públicos por el periodo de la condena.
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La demanda señala que las disposiciones que penalizan la injuria grave y la sanción penal no cumplen con el requisito de estricta legalidad penal y el derecho a la libertad de expresión, y que además, tampoco existe un interés social imperativo que justifique la utilización de mecanismos penales para sancionar expresiones de interés público en casos como este.
El relator especial para la Libertad de Expresión de la CIDH, Pedro Vaca, explicó que el Estado chileno habría violado el derecho a la protección judicial, tomando en cuenta que Baraona no contó con un recurso judicial efectivo, ya que la instancia superior a cargo ratificó la decisión de primera instancia, a pesar de que los hechos y opiniones vertidos por el ambientalista se relacionaban con temas de elevado interés público.
La representación de Baraona solicitó una condena contra el Estado y una reparación económica por daños al proyecto de vida.
El representante del Estado, José Ignacio Escobar, pidió a la Corte que "se declare la inexistencia de la responsabilidad del Estado de Chile" por este caso y aseguró que la raíz de la controversia es un tema de "bienes raíces" relacionada a una empresa forestal cliente de Baraona.
"La correcta apreciación de la prueba nos lleva a concluir que en realidad Baraona es un abogado que en el ejercicio de la profesión, quizás con un exceso de celo y empeño, y probablemente con una infracción al código de ética, hizo una serie de afirmaciones, no opiniones, completamente infundadas e irresponsables, diciendo jactanciosamente que las probaría en juicio, cosa que nunca hizo", expresó Escobar.
El representante estatal afirmó que Baraona fue "acusado y condenado en una acción penal privada", que no estuvo un solo día privado de la libertad y que no ha habido ningún tipo de persecución ni de violación a la libertad de expresión.
Tras la audiencia de hoy las partes tendrán un mes para presentar sus alegatos finales por escrito ante la CorteIDH y luego los jueces dictarán un fallo, para lo cual no tienen un plazo establecido.
