El presidente panameño, José Raúl Mulino, sancionó la Ley 474 del 24 de junio de 2025, "que modifica y adiciona artículos al Código Procesal y al Código Procesal Penal", la cual ya está publicada en la gaceta oficial, informó este jueves la Presidencia.
La nueva norma establece que una pena de entre 7 y 12 años para quien mediante violencia o intimidación tenga acceso carnal con persona de uno u otro sexo, utilizando sus órganos genitales. Este delito se penaba antes con entre 5 a 10 años de cárcel.
Si la persona que comete este delito lo hace a sabiendas de que es enferma o portadora de enfermedad de transmisión sexual incurable o del virus de inmunodeficiencia humana (VIH), la pena será de 15 a 20 años. Antes era de 10 a 15 años.
Cuando la víctima de la violación sea menor de 14 años, con discapacidad o alguien que no pueda consentir el acto, las penas de cárcel van de 12 a 18 años, cuando previamente eran de entre 10 a 15 años.
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Si la víctima tiene más de 14 años pero menos de 18 años, la pena es de 8 a 12 años de prisión, frente al castigo anterior de entre 2 a 4 años.
Los actos libidinosos, que se castigaban con entre 2 a 4 años, ahora aumentan a entre 4 a 8 años si hay alguno de los siguientes agravantes: que haya intimidación o violencia; si la víctima no ha cumplido 14 años; si el victimario es pariente cercano, ministro de culto, educador, tutor o cuidador.
"De haber un acuerdo de pena con un condenado por delito sexual, el Juez de Garantías debe imponer una pena no mayor a la acordada ni inferior a la mitad de la que le correspondería por el delito", indica el comunicado oficial.
Agrega que el artículo 279-A que ha sido agregado al Código Procesal Penal introduce el anticipo jurisdiccional de prueba en delitos contra la libertad e integridad sexual.
La ley que eleva las penas por delitos de violencia sexual es aprobada cuando se registra en Panamá un aumento del 12 % en las denuncias de violación doblemente agravada (que incluye menores de 14 años), de acuerdo con las estadísticas del Ministerio Público (MP, Fiscalía).
Entre enero y mayo pasado, se registraron 104 denuncias de violación doblemente agravada frente a las 93 del mismo lapso de 2024, mientras que las de violación llegaron a 885, un 17 % menos que las 1.060 del año anterior.
El 2024 cerró con un alza en la mayoría de los delitos sexuales, comparado con el año previo, siendo del 11 % en el caso de violación con 2.657 denuncias; del 4 % en violación agravada (271 denuncias); y del 1 % en el caso de acceso sexual con una persona mayor de 14 años pero menor de 18 años.
