Arrayanes: Fiscalía imputa a locatarios y sublocatarios por muerte de Rolo Núñez

A más de un mes de la muerte del joven Rodolfo “Rolo” Nuñez Scolari, la fiscala Carla Rojas imputó por homicidio culposo a los locatarios y sublocatarios del complejo deportivo Los Arrayanes. La imputación es por homicidio culposo y la causa está a cargo del juzgado de garantías N° 10.

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Familiares y cercanos de Rodolfo "Rolo" Núñez en una de las manifestaciones realizadas para pedir celeridad a la Justicia.Claudio Genes

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La imputación presentada por homicidio culposo por la muerte de Rodolfo Núñez Scolari, “Rolo” en el complejo deportivo Los Arrayanes está dirigida contra los locatarios Edgar Lemuel Torres Domaniczky y María Lila Contreras Saguier y los sublocatarios Oscar Daniel Ruiz Fernández y María Marcela Contreras Saguier.

La causa recayó en el juzgado penal de garantías N° 10 a cargo del magistrado Mirko Valinotti.

Lo que la Fiscalía atribuye a los imputados

El Ministerio Público sospecha que Edgar Lemuel Torres Domaniczky y María Lila Contreras Saguier habrían violado normas de cuidado, las que habrían asumido al firmar el contrato de arrendamiento del Complejo Arrayanes, ubicado en la Avda. Mcal. López c/ Manuel Talavera del barrio Herrera de la ciudad de Asunción, lugar que estaría siendo explotado comercialmente, sin contar con licencia comercial ni planos aprobados por la Municipalidad de Asunción.

Asimismo, la Fiscalía tiene la sospecha que Oscar Daniel Ruiz Fernández habría violado normas de cuidado, las que habría asumido como garante al firmar el contrato de arrendamiento del Complejo Arrayanes, obligándose además conjuntamente con María Marcela Contreras Saguier, a través de un contrato de sublocación, a explotarlo comercialmente en actividades deportivas y sociales, lugar que estaría siendo explotado comercialmente, sin contar con licencia comercial ni planos aprobados por la Municipalidad de Asunción.

De igual modo, Ruiz y Contreras- habrían asumido mantenerlo en condiciones aptas para su uso; sin embargo, la estructura metálica de la lumínica de la cancha No. 1 del predio, no se encontraría en condiciones de aislamiento eléctrico, presentando tensión eléctrica (fuga).

La firma de contrato entre Los Arrayanes y Pro Life

El contrato de locación, de fecha 11 de octubre de 2013, entre el Parque Deportivo Arrayanes S.A. firmado por María Virginia Napout,, en tanto que Edgar Torres y Lila Contreras lo hicieron en representación de Pro Life S.A. Entonces, Daniel Ruíz, había prestado su acuerdo como garante.

Firma de sublocación entre Pro Life y Epro SA

Un contrato de sublocación fue firmado el 19 de junio de 2015, entre la firma Pro Life S.A. y Epro S.A. María Contreras, en representación de Pro Life S.A. y Oscar Ruíz, en representación de Epro S.A., suscribieron este acuerdo para la explotación del complejo deportivo.

Antecedentes de la electrocución

El 16 de setiembre de 2023, Rodolfo Antonio De Jesús “Rolo” Núñez Scolari, de 27 años, falleció durante un partido de fútbol de un torneo de exalumnos del Colegio Técnico Nacional, que se realizaba en el conocido complejo deportivo Los Arrayanes, ubicado sobre la avenida Mariscal López, a dos cuadras de la Municipalidad de Asunción.

La muerte de “Rolo” se produjo cuando el joven se apoyó en una columna para observar el partido, según se observa en videos del local. En la época, amigos del joven fallecido difundieron una serie de videos y fotografías dónde evidenciaron la precariedad de las instalaciones eléctricas del local.

“Posterior al hecho, se realizó una medición de la tensión de la estructura de la lumínica arrojando tensión entre 149 y 164 voltios y otra medición realizada en fecha 18 de septiembre del año en curso, el cual arrojó tensión entre 70 a 80 voltios”, precisa la fiscala en la imputación, al referirse a la constitución realizada al local del hecho.

Sobre el punto, la agente Rojas destaca la situación precaria en que se encontraban las instalaciones eléctricas del local intervenido, del que posteriormente se conoció que ni siquiera se encontraba habilitado, pues carecía de licencia de la comuna capitalina.

“(...) el personal de la ANDE entre otras cosas refirió que la instalación del tablero era correcta, con electroductos rígidos subterráneos, visualizando un pequeño deterioro, el tablero era de embutir y no de adosar, es decir, la caja esta preparada para interiores, la cantidad de llave era la correcta y la alimentación proviene del transformador ubicado en la parte trasera de la propiedad, se constató que una parte del caño rígido de la columna al tablero, se encontraba incompleta con un caño de metal de 8 cm, con cables colgados bajo el tablero que no deberían estar ahí, uno de ellos se encontraba desconectado y sulfatado”, señala la presentación.

La imputación hace referencia a la declaración testifical del funcionario de la Ande Gustavo Javier Rojas González, técnico superior de electromecánica del Departamento de Mediciones Comerciales, quien relató lo que pudo observar al momento de la inspección realizada el 18 de setiembre último.

“(...) abrimos la caja donde estaba la llave, pudimos divisar cables que salían de la caja, que no debían estar en intemperie, no son cables de taller ni era tipo NII (o sea forrado, preparado para exterior) y eso técnicamente esta mal, la instalación en sí era vieja, esos cables podían tener fisuras pequeñas a través de la cual podía inducir el metal más fácil, encontrando además un cable desconectado de la salida de la llave TM (termo magnética del tablero) que al momento de conectar y al volver a alzar la llave, procedí a realizar la medición por contacto ya dio tensión (con luz) inclusive al aproximar a la estructura de metal ya detectaba la tensión, también procedí a medir con la pinza de medición de voltaje y arrojó un resultado de 70 a 80 voltios llegando a alcanzar casi 90 voltios, era inestable (por ser una fuga) no tenia comportamiento fijo (...)”, indicó el testigo.

Otro testimonio considerado por la agente fiscal para la imputación es el de Carlos Miguel Amarilla Ferreira, quien pertenecía al equipo de fútbol Villa Aurelia, que estaba jugando contra el equipo donde jugaba Rolo. El testigo relató que esa misma noche, también se recostó por la misma columna donde posteriormente Rolo murió electrocutado y que sintió que le “corrió”.

“(...) en un momento dado pedí cambio (como a los 10 minutos de jugar), fui hasta el borde la cancha (nos tocaba estar del lado contrario al arco que da con la Avda. Mcal. López), me recosté por la estructura metálica de la lumínica (donde mas tarde ocurrió el hecho), aclaro que me recosté pero estando parado y me corrió, sentí la descarga, pero la electricidad me tiró no me dejó pegado, le avisé a mi compañero David Ayala (quien se encontraba recostado por la baranda, como otras personas) me dijo que la baranda a él no le corrió, le dije que tuviera cuidado nomás porque la estructura que esta muy cerca de la baranda sí estaba corriendo”, recordó el testigo.

Autopsia confirmó que Rodolfo Núñez Scolari murió electrocutado

El informe médico revelado en la Autopsia N° 2023-200, realizada como anticipo jurisdiccional de prueba por la Dra. Ingrid Rodríguez, en fecha 17 de septiembre de 2023, concluye como causa de muerte a la electrocución.

El informe de la mencionada médico forense refiere: En la autopsia al examen externo se observó cianosis cervicofacial y subungueal, habiendo realizado una minuciosa inspección de todo el cuerpo se constataron lesiones traumáticas pre mortem, en el brazo derecho (excoriaciones) y ampolla en el brazo izquierdo, esta última es compatible con una “lesión electroespecifica”, que es la puerta de entrada y pasaje de corriente eléctrica.

Finalmente, el informe refiere: “...Teniendo en cuenta los antecedentes del lugar del hecho y los hallazgos en la autopsia, que presentan signos de asfixia y, que constituye uno de los mecanismos implicados (sin descartarse además una fibrilación ventricular) en la muerte por electrocución, se considera a ésta como la causa de la muerte...”

Fiscalía solicita medidas alternativas a la prisión

La fiscala Carla Rojas, al presentar su acta de imputación, de igual manera requiere al juzgado la aplicación de medidas alternativas o sustitutivas de la prisión preventiva.

Si embargo, “a los efectos de garantizar el seguro sometimiento de los imputados al correspondiente procedimiento penal, se solicita de conformidad a las disposiciones contenidas en el Art. 245 del Código de Procedimientos Penales, la imposición de las siguientes medidas alternativas de la prisión preventiva:

  • Obligación de presentarse mensualmente ante el juzgado a su cargo;
  • Residir en un lugar determinado, debiendo comunicar inmediatamente al juzgado el cambio del mismo.
  • Prohibición de salir del país.
  • Caución real, determinada por el juzgado, y
  • Cualquier otra medida que el juzgado considere pertinente.

Abogada habla de una pericia informática

Por su parte, la abogada Teresa Servín, quien representa legalmente a la familia de “Rolo” Núñez, confirmó que están a la espera de una pericia informática, mientras también están “hablando de varias cosas” referentes al trágico caso.

“Ahora empieza el proceso propiamente dicho; vamos a preparar nuestra querella adhesiva”, agregó.

Asimismo, sostuvo que “los informes más importantes ya están todos en la carpeta fiscal” y ante esto dijo que cuentan con un caso “ya prácticamente armado”.

“Todavía no está admitida la imputación; esperamos que el juez la admita obviamente. Este complejo no estaba ni habilitado como debe ser, presentaba varias deficiencias de por sí”, declaró la profesional en comunicación con ABC Cardinal.

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