Exdiputado Carlos Soler seguirá cumpliendo en la cárcel su condena por corrupción en el Indert

Carlos María Soler, exgerente de Créditos del Indert.
Carlos María Soler, exgerente de Créditos del Indert condenado a 4 años de cárcel por corrupción.Archivo, ABC Color

El exdiputado y exgerente de Créditos del Instituto de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert) Carlos María Soler sufrió un nuevo revés en su intento de obtener la prisión domiciliaria, para seguir cumpliendo su condena a 4 años de cárcel por corrupción. La defensa argumenta que el encausado corre peligro de muerte en la prisión, por las enfermedades que padece; sin embargo, un tribunal de apelación confirmó que el interno recibe atención médica adecuada dentro de la cárcel.

El Tribunal de Apelación Penal, Primera Sala, de la Capital rechazó el recurso planteado por la defensa del exdiputado Carlos María Soler y ratificó el rechazo al pedido de prisión domiciliaria que había solicitado el condenado a 4 años de cárcel, quien cumple su sentencia desde julio de 2025 en la Unidad Penitenciaria Industrial Esperanza de Tacumbú.

La defensa de Soler sostiene que dentro de la penitenciaría el exgerente de Créditos del Indert no recibe la atención médica adecuada, para las enfermedades que padece, y que, en consecuencia, corre peligro de muerte. Por esta razón apeló la resolución del juez de ejecución Carlos Mendoza, quien en febrero pasado resolvió no hacer lugar al pedido de prisión domiciliaria.

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Los camaristas Jesús Riera, Paublino Escobar y Camilo Torres concluyeron que no se verifica una desprotección del derecho a la salud de Carlos Soler, como tampoco a los demás derechos fundamentales del condenado, y por esos motivos ya el juzgado de ejecución había resuelto no hacer lugar al beneficio de la prisión domiciliaria.

Para el tribunal de alzada, el juzgado de ejecución consideró correctamente que el tratamiento que recibe Carlos Soler dentro de la cárcel resulta suficiente y efectivo, siempre que la administración penitenciaria garantice el monitoreo constante ya constatado por el juez Carlos Mendoza, quien exhortó al Ministerio de Justicia a disponer de todos los medios para asegurar la atención médica al interno.

Defensa alegó “peligro de muerte” de Carlos Soler

La defensa de Carlos María Soler argumentó en su escrito de apelación que el Juzgado ha interpretado en forma incorrecta el Art. 239 del Código de Ejecución Penal, ya que el condenado se encuentra con problemas de salud críticos, los cuales ponen en grave riesgo su vida y bienestar, lo cual ha quedado evidenciado en los informes médicos remitidos y el informe de la junta médica realizado por dos profesionales médicos forenses.

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A raíz de esto Soler requiere cuidados permanentes, como ser alimentación adecuada, asistencia y monitoreo médico permanente; con los que no se cuenta en la Unidad Penitenciaria Industrial Esperanza, no siendo suficiente que existan algunos médicos que atiendan en el centro penitenciario cuando que no se hallan las 24 horas del día ni tampoco todos los días de la semana, según argumenta en la apelación.

Carlos Mendoza, juez de Ejecución encargado del caso Carlos María Soler.
Carlos Mendoza, juez de Ejecución encargado del caso Carlos María Soler.

La defensa agregó que es también insuficiente que se hallen a disposición móviles convencionales en el centro penitenciario, debido a las limitaciones del mismo, en cuanto a cantidad, ya que dichos móviles son utilizados para traslado de internos en los juzgados de todo el país.

Igualmente, la defensa fundamentó que el rechazo del pedido de prisión domiciliaria le causa un perjuicio puesto que al no contar con las condiciones adecuadas de monitoreo y tratamiento, esto le provoca el deterioro de la salud a su defendido y el peligro de muerte.

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Soler recibe tratamiento adecuado en la cárcel, confirma tribunal

A criterio del Tribunal de Apelación Penal, Primera Sala, de la Capital, el juez de Ejecución Especializado en Delitos Económicos y Corrupción Carlos Mendoza fundamentó que conforme a lo constatado en la última visita penitenciaria al condenado Carlos María Soler, y verificada la suficiente infraestructura de las instalaciones penitenciarias, que la enfermedad sufrida por el condenado se encuentra plenamente controlada dentro de la cárcel, con un tratamiento estable y seguro que garantiza su vida y su integridad física.

“Si bien puede requerir manejo a largo plazo o de por vida, no impone necesariamente la internación continua ni permanente del condenado ni tampoco una atención médica constante e incesante a tales efectos”, resaltan los camaristas en el Auto Interlocutorio N° 112 dictado el pasado martes 31 de marzo.

El tribunal de alzada resaltó que el juzgado de Ejecución resalta en el fallo apelado que Soler ya cuenta dentro de la cárcel con el monitoreo continuo suficiente y necesario para asegurar su vida y su integridad; y que el juzgado de Ejecución remarcó que considera que se puede mantener la estabilidad física y mental del interno, con visitas periódicas a los especialistas que se requieran, con un estricto manejo ambulatorio.

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En conclusión, el Tribunal de Apelación puntualiza que el Juzgado de Ejecución analizó los elementos incorporados y, si bien se ha acreditado la enfermedad grave del condenado, el juez interviniente, en uso de sus facultades discrecionales y bajo el principio de sana crítica, determinó que la institución penitenciaria cuenta con los medios idóneos para garantizar la asistencia médica integral del condenado.

Condenado a 4 años de cárcel por corrupción

El exdiputado por el Partido Patria Querida (PPQ) y exgerente de Créditos del Instituto de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert) Carlos María Soler cumple, desde julio de 2025, su condena a 4 años de cárcel por cohecho pasivo agravado, extorsión y tráfico de influencias, en la Unidad Penitenciaria Industrial Esperanza, situada en la parte posterior de la Penitenciaría Nacional de Tacumbú.

La condena a 4 años de cárcel para Soler quedó firme el 24 julio de 2024 cuando la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), integrada por los ministros Luis María Benítez Riera, María Carolina Llanes y César Garay, rechazó el recurso de casación planteado por la defensa.

Enrique Gómez de la Fuente, el otro condenado por corrupción en el Indert.
Enrique Gómez de la Fuente, el otro condenado por corrupción en el Indert.

El otro condenado en la presente causa es el exdirector regional del Indert en el Chaco Pedro Enrique Gómez de la Fuente, sentenciado a 3 años y seis meses de cárcel por los hechos de cohecho pasivo agravado y extorsión. El mismo fue beneficiado con la prisión domiciliaria el 9 de marzo pasado, luego de un periodo en la granja penitenciaria de régimen semiabierto, en Tacumbú.

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En el auto interlocutorio N° 45 de la fecha indicada, el magistrado Mendoza alegó motivos de salud para otorgar el beneficio a Gómez de la Fuente, a quien autorizó a cumplir su pena en su residencia en el barrio Santísima Trinidad, de Asunción.

En el juicio oral, que finalizó en julio de 2022, quedó probado que en el año 2019 los ahora condenados solicitaron 125.000 dólares americanos al estanciero Albino Méndez para anular la revocación de adjudicación de un inmueble de 3.900 hectáreas ubicado en el Chaco y titular dicho inmueble junto a otro lote.