Hace varias semanas, la Cámara de Diputados viene ignorando el proyecto de ley "que establece el protocolo especial para la búsqueda por medios digitales de personas desaparecidas", que tiene fecha límite para su tratamiento este jueves 7 de abril, de lo contrario, irá de manera automática al archivo (por sanción ficta).
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El proyecto vuelve con controversia a Diputados, ya que en su primer trámite en Cámara Baja fue aprobado sobre tablas sin oposición alguna, a diferencia del Senado donde fue rechazado.
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En este segundo trámite, de manera unánime varias comisiones de Diputados, aceptaron el rechazo por lo que es casi un hecho de que el proyecto irá al archivo, pero igualmente, deberían de mostrar mínima seriedad y tratarlo para argumentar su cambio de posición, y no dejar que tenga simplemente sanción ficta.
El proyecto en cuestión, plantea obligar a las telefónicas a reportar casi en tiempo real (máximo en 2 horas) datos sensibles como los de geolocalización de las supuestas víctimas.
Entre otros cuestionamientos, el proyecto fue rechazado por su dificil aplicabilidad y riesgo para la privacidad, sumado al hecho de la recientemente promulgada Ley Mafe ya estable mecanismo digitales para la búsqueda de personas.
Se trata de la Ley Nº 7605 “que crea el registro nacional de personas desaparecidas (Renaped) y el sistema nacional de alerta inmediata para la búsqueda de personas desaparecidas (Mafe)”, promulgada a mediados de diciembre del año pasado y que en su artículo 14 ya establece algo muy similar.
El citado artículo de la Ley vigente ya establece que “las empresas prestadoras de servicios de telefonía móvil y plataformas móviles digitales (Uber, Bolt, Muv y otros) deberán, a requerimiento fiscal o judicial, proporcionar de manera inmediata, y en un plazo no mayor a dos horas desde la recepción del requerimiento fiscal o judicial, el registro de las últimas llamadas, registros de conexión y geolocalización de los dispositivos electrónicos solicitados, exclusivamente con el fin de coadyuvar a su localización oportuna”.
La ley vigente incluso es más precisa en cuanto al resguardo de la privacidad de las víctimas y la obligación de eliminar los datos una vez cumplidos sus fines.
Pese a la posible sobrelegislación del tema, la realidad es que las cifras de menores desaparecidos son cada vez más altas y alarmantes.
Solo en el primer trimestre de este año, se reportaron 871 denuncias por desaparición de personas, de las cuales 192 no se llegaron a localizar, con el agravante de que entre estos desaparecidos activos 23 son niños y 45 adolescentes.
