Señaló que existe un subsidio que es por hijo y por alimentación, que cobran por ejemplo las fuerzas públicas. Indicó que todas las entidades que aplicaron en forma, cobraron el beneficio.
El Ministerio de Hacienda emitió el 20 de diciembre pasado la Resolución N° 479 por la cual prohibió los pagos complementarios, esto se da luego de que desde esta propia cartera se haya procedido al pago del “segundo aguinaldo” de G. 4 millones a cada uno de sus funcionarios, correspondiente al año 2019.
La decisión se dio luego de una lluvia de críticas sobre pagos extras efectuados desde esta propia cartera. En esa ocasión, desde Hacienda insistieron en que se trató de “bonificación familiar” y no del aguinaldo extra.
Esta resolución establece lineamientos generales para el proceso de elaboración del Decreto Reglamentario de la Ley de Presupuesto 2020 para que este incorpore medidas de racionalización en pagos de bonificaciones y gratificaciones, de gastos en viáticos, compra de obsequios, servicios de ceremonial y protocolo, de telefonía celular, así como otros gastos que pueden representar un ahorro para el Estado.
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También dispone que para el pago de remuneraciones temporales imputadas en los objetos del gasto 133 y 125, los entes deberán justificar las cargas de trabajo existentes, de acuerdo con los programas de trabajo, de manera de constatar las necesidades reales de pagos.