El Decreto 3230 del Poder Ejecutivo fue emitido el pasado 8 de enero, y faculta al Ministerio de Hacienda a disponer la emisión y transacción en el mercado internacional sujeto a las leyes aplicables del Estado de Nueva York de los Estados Unidos de América, y sometidas a la jurisdicción de los tribunales de dicho Estado. El documento establece, además, los mecanismos para formalizar la emisión a través de contratos y acuerdos a realizar, así como las diligencias necesarias y convenientes, de acuerdo con la práctica internacional.
En caso de incumplimiento de uno o más términos de los documentos relacionados a la emisión de bonos de la citada Ley, y/o en caso de litigio, la República del Paraguay no opondrá en su defensa la inmunidad de soberanía, según la norma.