25 de mayo de 2013 - 22:05
Cambio en comercio exterior
Este artículo tiene 12 años de antigüedad Una nueva normativa de la Autoridad Tributaria dispone que el documento de la transferencia bancaria (SWIFT Bancario, Código SWIFT o Código BIC), u otros similares que acrediten la remesa de dinero en el ámbito del comercio exterior, formará parte del archivo tributario del contribuyente y deberá ser conservado por el período de prescripción. La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) del Ministerio de Hacienda emitió la Resolución General Nº 100 por la cual se dictan medidas administrativas relativas a la documentación de respaldo de operaciones de exportación que deben tener en cuenta los contribuyentes.