Para los proveedores de animales indica la Cámara que deberán facturar al precio rematado en feria, IVA incluido, con la tasa del 5%.
“Los proveedores de ganado deberán actualizar sus datos en el SET (Hacienda) para solicitar el timbrado de sus facturas, porque las boletas de ventas ya no se aceptarán”, explica.
Añade que las rematadoras retendrán el 30% del IVA consignado en la factura, que el proveedor podrá deducir de su declaración de IVA como crédito fiscal.
Los contribuyentes del Iragro y/o proveedores ocasionales de ganado que no están inscriptos en el RUC deben facturar sus ventas, a partir de 1 animal vivo.
Agrega, que los intereses por retiro de anticipo a proveedores está gravada al IVA con 10%. Finalmente, las rematadoras facturarán al carnicero o faenador su compra incluyendo el IVA a la tasa del 5%.