Sindicalistas de Copaco exigen a la Conatel que cumpla su rol porque no podía permitir la fusión de Tigo y CPC SA, para explotar una banda que nunca fue comercializada, así como establece la ley que rige al sector. Consideran grave el hecho puesto que la entidad no facturó por servicio desde 1997, año en que se adjudicó la licencia.
Los dirigentes del Sindicato Nacional de Trabajadores de Telecomunicaciones (Sinattel) cuestionaron duramente la disposición de la Conatel de autorizar la fusión de Tigo y la Compañía Privada de Comunicaciones (CPC SA), porque viola uno de los artículos del Decreto reglamentario 14135, de la Ley 642/95 de Telecomunicaciones.
Al permitir la fusión entre las referidas empresas, al efecto de explotar la banda 900 megahertz, que le fue conferida a CPC SA (vinculada a Rieder), evidentemente el ente regulador ha dejado de cumplir con el rol que le fue conferido por la Ley 642/95, de vigilar el cumplimiento de las leyes y reglamentos que rigen al sector, según los sindicalistas de la Copaco.
El mismo regulador deja al descubierto la situación porque en el considerando de la resolución (1485 del pasado 20 de octubre) admite que la red de telefonía móvil de CPC SA nunca funcionó, "dice que la Compañía Paraguaya de Comunicaciones no dispone de cuota de mercado porque no tiene cliente, porque nunca explotó", manifestó el abogado Carlos Villalba, asesor legal de Sinattel.
Se oponen a la adjudicación de la frecuencia porque consideran un oligopolio. "Se le otorgó un espacio del espectro radioeléctrico que mantuvo retenida, sin explotar, para luego utilizar en beneficio propio, fusionando con otra empresa, en desmedro de otras empresas que también solicitaron, Copaco pidió el año pasado", manifestó el abogado.
Añadió el abogado que el artículo 7 de la Resolución de 2007 de la Conatel (N| 1206), por la que se le otorga la licencia para explotar el servicio de comunicación personal (PCS), que en un plazo de 180 días contados a partir de la fecha de notificación explotar el servicio PCS. Tampoco se sabe el rango numérico otorgado por el regulador a la empresa CPC SA, refirió Villalba.
Los sindicalistas también exigen a las autoridades que investiguen las condiciones en que fueron otorgadas puesto que las demás frecuencias han sido licitadas, a excepción de la frecuencia de Tigo, porque fue anterior a la Ley 642/95.
"Nos interesa saber el parámetro que tuvieron los técnicos de Conatel para permitir la integración de esta empresa, que para nosotros no ha existido en el marcado y por lo tanto, no ha cumplido con la ley", concluyó.
Irán hasta la fiscalía
Los sindicalistas anunciaron que denunciarán el caso ante el Ministerio Público porque consideran un hecho que puede encuadrarse como un delito contra los intereses del Estado.
Desde la adjudicación de la licencia, año 1997, hasta la fecha, son alrededor de 14 años que el Estado ha dejado de percibir ganancias por una banda o frecuencia que nunca fue puesta en funcionamiento por la firma beneficiada, como establece la ley.